Sobreseida la causa por la muerte del túnel del Tryp durante la Dana
● La Justicia acuerda el sobreseimiento provisional y entiende que el conductor no fue precavido
El juez de Almería que investiga si hubo negligencia penal en la muerte del hombre que se ahogó tras quedar atrapado su turismo en el túnel del Tryp, anegado durante las lluvias torrenciales que cayeron en 2019 en la capital, ha concluido que la Policía Local actuó “diligente y eficaz” aunque llegó a balizar solo una de las entradas al paso subterráneo, y que el fallecido y su hermano, que salvó la vida, “incumplieron todo tipo de precaución” ya que “debían haber evitado entrar ante la tremenda tromba de agua”.
El magistrado Rafael Soriano considera, asimismo, que “no procede” investigar una “pretendida” responsabilidad penal del Ayuntamiento por el hecho de que no existieran “barreras móviles” para impedir el paso a vehículos al interior del túnel ante un “imprevisto” porque, según remarca, “no ha quedado acreditado en modo alguno” que exista “norma, reglamento, disposición u ordenanza” que “obligue a colocar dichas barreras móviles”.
El auto que acuerda el sobreseimiento provisional, consultado por Europa Press, deja abierta, no obstante, la puerta a una reclamación administrativa por responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento ya que indica que la controversia sobre las barreras movibles “es más propia” de esta vía y “ajena a una presunta responsabilidad penal”.
En la resolución, el juez apoya el archivo en el informe emitido por la Jefatura de la Policía Local de Almería y las testificales de agentes que se encontraban de servicio en la madrugada del 13 de septiembre de 2013, y hace suyo el contenido del citado informe al asegurar que se produjo “un fenómeno meteorológico imprevisto por cuanto no se comunicó a la Policía Local ninguna alerta activada por las distintas administraciones”.
En concreto, el jefe del cuerpo trasladó al Juzgado de Instrucción 5 de Almería que “no tuvo constancia de ningún tipo de comunicación de alerta activada” y que “tan solo” tenía un “mail de un aviso amarillo de la Aemet por lluvia en Poniente y Almería capital, que no dio paso a una alerta en cualquiera de sus niveles”, por lo que se movilizó ningún dispositivo especial.
Cabe recordar que el servicio unificado de emergencias 112 informó de que la delegada de la Junta de Andalucía en Almería, Maribel Sánchez, había activado el 12 de septiembre a las 23,31 horas la Situación 1 del Plan de
Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones (PERI) e indicó que este nivel hacía alusión “a la presencia de anegaciones en zonas localizadas cuya atención puede quedar asegurada mediante el empleo de los medios y recursos locales”.
El magistrado recoge en su auto, asimismo, que, en el momento en que “una tromba de agua repentina anegaba el subterráneo”, se introdujeron en el paso “dos vehículos” y estima que lo hicieron “incumpliendo cualquier tipo de precaución al conducir por parte de los conductores”, quienes, a su juicio, deberían haber “acomodado su conducción a las condiciones climatológicas”.
“Debían haber evitado entrar en el subterráneo, sobre todo habida cuenta de que por superficie existe un carril alternativo para la conducción, y así, no pasar por el túnel, cosa que ninguno de los conductores hizo”, remarca.