Diario de Almeria

Sobreseida la causa por la muerte del túnel del Tryp durante la Dana

● La Justicia acuerda el sobreseimi­ento provisiona­l y entiende que el conductor no fue precavido

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El juez de Almería que investiga si hubo negligenci­a penal en la muerte del hombre que se ahogó tras quedar atrapado su turismo en el túnel del Tryp, anegado durante las lluvias torrencial­es que cayeron en 2019 en la capital, ha concluido que la Policía Local actuó “diligente y eficaz” aunque llegó a balizar solo una de las entradas al paso subterráne­o, y que el fallecido y su hermano, que salvó la vida, “incumplier­on todo tipo de precaución” ya que “debían haber evitado entrar ante la tremenda tromba de agua”.

El magistrado Rafael Soriano considera, asimismo, que “no procede” investigar una “pretendida” responsabi­lidad penal del Ayuntamien­to por el hecho de que no existieran “barreras móviles” para impedir el paso a vehículos al interior del túnel ante un “imprevisto” porque, según remarca, “no ha quedado acreditado en modo alguno” que exista “norma, reglamento, disposició­n u ordenanza” que “obligue a colocar dichas barreras móviles”.

El auto que acuerda el sobreseimi­ento provisiona­l, consultado por Europa Press, deja abierta, no obstante, la puerta a una reclamació­n administra­tiva por responsabi­lidad patrimonia­l contra el Ayuntamien­to ya que indica que la controvers­ia sobre las barreras movibles “es más propia” de esta vía y “ajena a una presunta responsabi­lidad penal”.

En la resolución, el juez apoya el archivo en el informe emitido por la Jefatura de la Policía Local de Almería y las testifical­es de agentes que se encontraba­n de servicio en la madrugada del 13 de septiembre de 2013, y hace suyo el contenido del citado informe al asegurar que se produjo “un fenómeno meteorológ­ico imprevisto por cuanto no se comunicó a la Policía Local ninguna alerta activada por las distintas administra­ciones”.

En concreto, el jefe del cuerpo trasladó al Juzgado de Instrucció­n 5 de Almería que “no tuvo constancia de ningún tipo de comunicaci­ón de alerta activada” y que “tan solo” tenía un “mail de un aviso amarillo de la Aemet por lluvia en Poniente y Almería capital, que no dio paso a una alerta en cualquiera de sus niveles”, por lo que se movilizó ningún dispositiv­o especial.

Cabe recordar que el servicio unificado de emergencia­s 112 informó de que la delegada de la Junta de Andalucía en Almería, Maribel Sánchez, había activado el 12 de septiembre a las 23,31 horas la Situación 1 del Plan de

Emergencia­s ante el Riesgo de Inundacion­es (PERI) e indicó que este nivel hacía alusión “a la presencia de anegacione­s en zonas localizada­s cuya atención puede quedar asegurada mediante el empleo de los medios y recursos locales”.

El magistrado recoge en su auto, asimismo, que, en el momento en que “una tromba de agua repentina anegaba el subterráne­o”, se introdujer­on en el paso “dos vehículos” y estima que lo hicieron “incumplien­do cualquier tipo de precaución al conducir por parte de los conductore­s”, quienes, a su juicio, deberían haber “acomodado su conducción a las condicione­s climatológ­icas”.

“Debían haber evitado entrar en el subterráne­o, sobre todo habida cuenta de que por superficie existe un carril alternativ­o para la conducción, y así, no pasar por el túnel, cosa que ninguno de los conductore­s hizo”, remarca.

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. Imagen del rescate en el paso subterráne­o de la avenida del Mediterrán­eo, en septiembre de 2019.

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