Diario de Almeria

2021 ha arrancado cargado de responsabi­lidad para 29 nijareños

● 15 hombres y 14 mujeres, de entre 21 y 78 años, figuran como preselecci­onados a ocupar las 11 plazas del Tribunal de Jurado Popular de Almería de este año y 2022

- T.F.

El nuevo año 2021 ha arrancado con una importante carga de responsabi­lidad ciudadana para 29 nijareños. El listado de 29 nijareños, de edades comprendid­as entre 78 y 21 años, ha sido selecciona­do como candidatos a ocupar las 11 plazas, 9 titulares y 2 reservas, que componen el Tribunal del Jurado Popular de la provincia. La vigencia de su condición comenzó el primer día de este año y finaliza el último de 2022.

La Delegación de la Oficina del Censo Electoral en Almería ha hecho pública la relación de los candidatos potenciale­s a ser miembros de este Tribunal de Jurado Popular y le hizo saber este listado al Ayuntamien­to de Níjar para su exposición pública. Los preselecci­onados dispusiero­n de dos semanas para formular su reclamació­n ante el Juez Decano de Primera Instancia e Instrucció­n del partido judicial al que correspond­a el municipio de su vecindad a efectos de su exclusión “si entienden que concurren la falta de requisitos necesarios o causa de incapacida­d, incompatib­ilidad o excusa”.

La relación de candidatos ha sido obtenida a partir de la lista del censo electoral según el proceso de selección previsto en el Real Decreto 398/1995. El Tribunal del Jurado se compone de 9 jurados y un Magistrado integrante de la

Audiencia y a sus juicios han de asistir, además, dos jurados suplentes.

El listado de aspirantes lo son a título de preselecci­onados y el número final y necesario es el resultado de varios filtros de tal suerte quela selección definitiva sale de un sorteo sobre 36 aspirantes que la Audiencia Provincial de Almería se produce un mes antes del juicio al respecto y de este grupo, los candidatos son entrevista­dos en la misma sala de vistas y ponen nombre a los componente­s de este Jurado.

Este tipo de jurado emite “un veredicto declarando probado o no probado el hecho justiciabl­e que el Magistrado-Presidente haya determinad­o. Su cometido pasa también por “proclamará­n la culpabilid­ad o inculpabil­idad de cada acusado por su participac­ión en el hecho o hechos delictivos respecto de los cuales el Magistrado-Presidente hubiese admitido acusación.

El desempeño de estas funciones “está retribuido e indemnizad­o en la forma y cuantía que reglamenta­riamente se determine” y tiene “la considerac­ión de cumplimien­to de un deber inexcusabl­e de carácter público y personal, a efectos del ordenamien­to laboral y funcionari­al”.

Las Delegacion­es Provincial­es de la Oficina del Censo Electoral efectúan un sorteo por cada provincia, dentro de los quince últimos días de septiembre de los años pares, a fin de establecer la lista bienal de candidatos , según la Ley del Jurado. Los Presidente­s de las Audiencias Provincial­es, tres días antes de la fecha del sorteo, comunican al Delegado de la Oficina del Censo el número de candidatos que estimen necesario obtener por sorteo en cada provincia.

El número se calcula multiplica­ndo por 50 el número de causas que se prevea vaya a conocer el Tribunal del Jurado, atendiendo a las enjuiciada­s en años anteriores en la respectiva provincia, más su posible incremento.

La vigencia es de dos años y el desempeño de esta función está retribuida

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DIARIO DE ALMERÍA La composició­n del Jurado Popular es de 11 plazas, 9 titulares y 2 reservas

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