La JEC amplía los plazos para votar a los residentes en el extranjero
La Junta Electoral Central (JEC) acordó ayer ampliar los plazos del voto desde el extranjero para las elecciones catalanas programadas de momento para el 14 de febrero, incluyendo la solicitud del voto rogado que deben cursar los inscritos en el censo de residentes ausentes (CERA) y el posterior ejercicio del sufragio. La ampliación fue solicitada por la Consejería de Acción Exterior de la Generalitat y aceptada tras recabar informes a la Oficina del Censo Electoral y a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, que coinciden en las circunstancias extraordinarias en las que va a tener que realizarse la tramitación del voto de los residentes en el exterior debido a la pandemia del coronavirus.
Se tuvo también en cuenta todo lo que está rodeando esta convocatoria electoral del 14 de febrero, habida cuenta de que la Generalitat aplazó la cita con las urnas y luego el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña suspendió esa deci
La solicitud, realizada por la Generalitat, se prorroga hasta el próximo martes
sión, lo que ha generado retrasos en los trámites electorales.
En concreto, la JEC amplía hasta el próximo martes el plazo de solicitud a la Oficina del Censo Electoral del voto de los electores residentes de forma permanente en el extranjero y de los electores residentes temporalmente en el extranjero. Además, se prolonga al 2 de febrero el plazo de envío de la documentación electoral por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral a los electores residentes en el extranjero, sin perjuicio de que la citada oficina remita esta documentación con la mayor celeridad posible.
Igualmente, se prorroga al 13 de febrero, víspera de votación, el plazo del envío por correo a los consulados del voto de los electores inscritos en el CERA que opten por esta opción, y hasta el mismo día de los comicios el plazo del depósito del voto en urna en los consulados de los electores inscritos en el CERA.