Aval judicial para publicar la identidad de un maltratador condenado
El Tribunal Supremo descarta que sea una intromisión en el honor la difusión de esa información
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado que un diario pueda publicar el nombre y el apellido de un maltratador condenado y descarta que suponga una intromisión en su honor, al considerar que, “ante la lacra social de la violencia de género”, es “innegable” el interés general de difundir este tipo de noticias.
En una sentencia dictada por la Sala de lo Civil, el Alto Tribunal desestima el recurso de un hombre que alegaba que la Editorial Prensa Alicantina había vulnerado su derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen al publicar en un diario una información sobre su condena en la que se le identificaba con su nombre completo.
La noticia, titulada: Condenado a cuatro años de cárcel por pegar y encerrar a su novia en el armario recogía una parte de la sentencia dictada en 2012 por la Audiencia de Alicante que lo había condenado como autor de un delito de maltrato familiar y de detención ilegal. El Supremo recuerda la jurisprudencia que ha reconocido el interés general y la relevancia pública de difundir noticias de actualidad sobre investigaciones y condenas penales, en la medida que pueden contribuir al debate en una sociedad democrática, y sostiene que las condenas relacionadas con la violencia de género tienen un interés “innegable”.
La información publicada, continúa, cumplía el requisito de la veracidad, ya que transcribía datos de la sentencia, y no puede exigirse que sea firme, ya que ello supondría negar el derecho a informar de “noticias relevantes y de interés general que tienen lugar en los tribunales sobre hechos de grave trascendencia y repercusión social”.