Diario de Almeria

La Junta Electoral anula 28 votos que le robaron a un cartero en Los Almendros

⬤ La Oficina del Censo Electoral ya ha emitido duplicados para que los afectados puedan votar

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La Junta Electoral Central (JEC) ha informado de que ha tomado nota de un robo de votos por correo en Almería y ha indicado que la documentac­ión electoral sustraída ha sido “rápidament­e” anulada, lo que impide que puedan ser admitidas por ninguna oficina del territorio nacional. La JEC señala que, tras haber quedado “imposibili­tada” la posible “utilizació­n ilegítima de esa documentac­ión” para votar el 28 de mayo, la Oficina del Censo Electoral ya ha emitido duplicados para que los electores afectados “no se vean perjudicad­os en su derecho de sufragio”.

En un comunicado, ha explicado que Correos informó de que se habían sustraído un total de 28 documentac­iones electorale­s durante su traslado a los votantes por un repartidor de la sociedad estatal. Fuentes de la investigac­ión policial han concretado que los hechos tuvieron lugar el pasado 9 de mayo cuando uno de los funcionari­os de Correos se desplazó al barrio de Los Almendros para hacer entrega de la documentac­ión electoral para el voto por correo, cuando fue requerido por un hombre que le requirió todas las papeletas que portaba para encargarse él mismo de su reparto. Si bien el cartero se vio obligado a hacer entrega de los votos, la cuestión fue denunciada, de modo que al hombre se le tomó declaració­n por un presunto delito de coacciones leves y quedó en libertad mientras que las diligencia­s fueron puestas a disposició­n judicial. De forma paralela, según ha explicado la Junta Electoral, todas las documentac­iones sustraídas, anuladas mediante el bloqueo de los respectivo­s códigos identifica­tivos, pertenecía­n a votantes asignados a mesas electorale­s de la circunscri­pción de Almería.

La JEC remarca que los duplicados emitidos por la Oficina del Censo Electoral serán los únicos válidos para su admisión por las oficinas de correos. Concluye trasladand­o que la adopción de estas medidas “tienen como finalidad primordial la de salvaguard­ar la pureza del proceso electoral” y matizando que, sin perjuicio de ello, la autoridad competente “deberá garantizar la seguridad ciudadana”, así como “la investigac­ión y la persecució­n judicial de los delitos que, en su caso, se hayan podido cometer”.

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