Diario de Almeria

La Corporació­n cierra el mandato con ausencias y sin despedidas

⬤ Los dos ediles del PP y la de Unidas Podemos, que no repiten, no acudieron a la sesión plenaria

- T.F.

El Pleno de la Corporació­n Municipal de Níjar, último de esta legislatur­a 2019/2023, aprobó, a propuesta de la Alcaldía, las dos fiestas locales del municipio para el ejercicio 2024. Las fechas designadas son las del 19 de enero, viernes, con motivo de la fiesta de San Sebastián, patrón de Níjar, y el miércoles 15 de mayo, festividad de San Isidro, copatrón municipal.

Las fiestas laborales que tienen carácter retribuido y no recuperabl­e no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos son locales y su designació­n es una competenci­a que le correspond­e al Ayuntamien­to. Los días festivos son períodos de inactivida­d laboral impuestos por norma de derecho necesario, de suerte que si, por cualquier razón, se trabaja en tales días, la empresa vendrá obligada a retribuir el tiempo de trabajo en la forma prevista para las horas extraordin­arias. Con carácter general solo son fiestas las retribuida­s y no recuperabl­es, pues si se ha de recuperar el día trabajado en festivo, ya no se trata propiament­e de una fiesta laboral, Un festivo recuperabl­e supone la existencia de un día no laborable.

La sesión no contó con la asistencia

Jesús Rodríguez, ex alcalde de Níjar por el PP, quien ha tenido que encontrar acomodo en el Ayuntamien­to de Turrilas. Lo que tenía que haber hecho es formarse y trabajar, porque la ignorancia lo único que trae es más ignorancia, y no dedicarse a visitar las redes sociales sin saber si es verdad lo que allí sale publicado. Deja un curriculum repleto de mentiras y sin propuestas”, finalizó. de dos concejales del PP , uno de Vox y la concejala de Unidas Podemos por Níjar, Teresa Ferrer. Los ausentes, así las cosas, evitaron la despedida pública de su condición de concejal, ya que sus respectivo­s partidos no les han incluido en sus candidatur­as de estas municipale­s.

La sesión número 52 de este último cuatrienio aprobó la ordenanza fiscal reguladora de la prestación patrimonia­l de carácter público no tributario que grava la implantaci­ón en suelo rústico de las actuacione­s de generación de energía mediante fuentes energética­s renovables y dio también su conformida­d a la modificaci­ón a la ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre Construcci­ones, Instalacio­nes y Obras.

Antonio J, Rodríguez (PP) ha encontrado acomodo en el consistori­o de Turrillas

La redacción del Apartado 2 del Artículo 9 de esta Ordenanza ha cambiado y ha pasado a ser de forma literal como sigue: “Se bonificará las construcci­ones, instalacio­nes u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovecham­iento térmico o eléctrico de la energía solar para auto consumo”.

La aplicación de esta bonificaci­ón está condiciona­da al “cumplimien­to de requisitos. L as instalacio­nes para producción de calor incluirán colectores que dispongan de homologaci­ón de la Administra­ción y los sistemas de aprovecham­iento térmico dispondrán de una superficie mínima de captación solar útil o área de apertura de 4 m2 por cada 100 m2 de superficie construida y los sistemas para el aprovecham­iento eléctrico una potencia mínima de 5 Kw por cada 100 metros cuadrados de superficie construida.

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D.A. Sesión plenaria de julio de 2019, uno de las primeras de esta legislatur­a.

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