La Corporación cierra el mandato con ausencias y sin despedidas
⬤ Los dos ediles del PP y la de Unidas Podemos, que no repiten, no acudieron a la sesión plenaria
El Pleno de la Corporación Municipal de Níjar, último de esta legislatura 2019/2023, aprobó, a propuesta de la Alcaldía, las dos fiestas locales del municipio para el ejercicio 2024. Las fechas designadas son las del 19 de enero, viernes, con motivo de la fiesta de San Sebastián, patrón de Níjar, y el miércoles 15 de mayo, festividad de San Isidro, copatrón municipal.
Las fiestas laborales que tienen carácter retribuido y no recuperable no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos son locales y su designación es una competencia que le corresponde al Ayuntamiento. Los días festivos son períodos de inactividad laboral impuestos por norma de derecho necesario, de suerte que si, por cualquier razón, se trabaja en tales días, la empresa vendrá obligada a retribuir el tiempo de trabajo en la forma prevista para las horas extraordinarias. Con carácter general solo son fiestas las retribuidas y no recuperables, pues si se ha de recuperar el día trabajado en festivo, ya no se trata propiamente de una fiesta laboral, Un festivo recuperable supone la existencia de un día no laborable.
La sesión no contó con la asistencia
Jesús Rodríguez, ex alcalde de Níjar por el PP, quien ha tenido que encontrar acomodo en el Ayuntamiento de Turrilas. Lo que tenía que haber hecho es formarse y trabajar, porque la ignorancia lo único que trae es más ignorancia, y no dedicarse a visitar las redes sociales sin saber si es verdad lo que allí sale publicado. Deja un curriculum repleto de mentiras y sin propuestas”, finalizó. de dos concejales del PP , uno de Vox y la concejala de Unidas Podemos por Níjar, Teresa Ferrer. Los ausentes, así las cosas, evitaron la despedida pública de su condición de concejal, ya que sus respectivos partidos no les han incluido en sus candidaturas de estas municipales.
La sesión número 52 de este último cuatrienio aprobó la ordenanza fiscal reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario que grava la implantación en suelo rústico de las actuaciones de generación de energía mediante fuentes energéticas renovables y dio también su conformidad a la modificación a la ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Antonio J, Rodríguez (PP) ha encontrado acomodo en el consistorio de Turrillas
La redacción del Apartado 2 del Artículo 9 de esta Ordenanza ha cambiado y ha pasado a ser de forma literal como sigue: “Se bonificará las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para auto consumo”.
La aplicación de esta bonificación está condicionada al “cumplimiento de requisitos. L as instalaciones para producción de calor incluirán colectores que dispongan de homologación de la Administración y los sistemas de aprovechamiento térmico dispondrán de una superficie mínima de captación solar útil o área de apertura de 4 m2 por cada 100 m2 de superficie construida y los sistemas para el aprovechamiento eléctrico una potencia mínima de 5 Kw por cada 100 metros cuadrados de superficie construida.