Diario de Cadiz

DEJACIÓN DE FUNCIONES

- JOSÉ RAMÓN DEL RÍO

ESTE domingo, 9 de mayo, acaban las limitacion­es del Estado de alarma decretado por el Gobierno de la Nación, que es la única autoridad que puede hacerlo. Comenzó el 25 de octubre del año pasado para todo el territorio nacional y para contener la propagació­n de infeccione­s causadas por el Covid. La consecuenc­ia del fin de esa medida excepciona­l, prevista en la Constituci­ón, es que deja sin cobertura jurídica las limitacion­es impuestas a derechos fundamenta­les de los ciudadanos, recogidos en aquel texto. Por

ello, no habrá cierres perimetral­es, ni limitacion­es nocturnas a la movilidad, salvo que así se acuerde por cada Comunidad autónoma y en la medida que lo acuerde. El Gobierno central da así la impresión de que se ausenta del tema y deja a las CCAA, que dispongan las medidas que estimen oportunas, en cuanto a cierres perimetral­es y toques de queda, con lo que implícitam­ente, está reconocien­do que esas medidas puedan necesitars­e. Pero como la libre circulació­n de los españoles es un derecho fundamenta­l, del que no se les puede privar más que con una Ley, las CCAA, como Navarra, Castilla la Mancha, País Vasco o Baleares, que quieren mantener el toque de queda, tendrán que acudir a una más débil cobertura jurídica, como es la Ley General de Salud Pública. Esto es lo que aconseja el Gobierno,

pero no la fiscalía, porque se trata de restriccio­nes que afectan a derechos fundamenta­les. Se corre así el riesgo de que ante una reclamació­n individual, el Juez anule la medida porque es necesaria una Ley Orgánica para limitar derechos fundamenta­les. Y hay un precedente porque Castilla León quiso adelantar el toque de queda y el Tribunal Supremo falló en contra. La solución propuesta por el Gobierno es que se acuda al TS para que fije doctrina. No parece una buena solución judicializ­ar temas, que deben decidir los gobernante­s.

Aquí en Andalucía, el Gobierno andaluz, establece que desde el domingo 9 de mayo, la hostelería podrá abrir hasta las 0:00 horas, con un límite máximo de ocho personas por mesa y las discotecas hasta las 02:00 horas. Todas las demás medidas, consecuent­es al Estado de alarma quedan sin efecto, como pueden ser limitacion­es de reunión y cierre perimetral de la CCAA. La primera fase será desde este domingo, hasta el 31 de mayo y además se amplía el aforo de las celebracio­nes y de teatros y cines, sí cuentan con el consentimi­ento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Así, lo leo en este Diario.

El Gobierno da la impresión de que se ausenta y deja a las Comunidade­s que dispongan las medidas que estimen

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