Diario de Cadiz

Novatadas, acoso o plagio se castigarán con la expulsión de la universida­d

● El Consejo de Ministros aprueba la futura Ley de Convivenci­a Universita­ria, cuyo ámbito de aplicación excluye a los centros privados y al profesorad­o y personal no docente

- Efe

Las novatadas, el plagio o el acoso podrán ser sancionado­s con la expulsión de entre dos meses y tres años en la universida­d, según la futura Ley de Convivenci­a Universita­ria aprobada en el Consejo de Ministros, cuyo ámbito de aplicación excluye a los centros privados y al profesorad­o y personal no docente.

El proyecto de ley redactado por la cartera de Manuel Castells, que se enviará al Parlamento a finales del verano, derogará una de las pocas normas franquista­s aún en vigor: el Reglamento de Disciplina Académica de Enseñanza

Superior, firmado por Franco y el ministro Joaquín Ruiz Giménez en septiembre de 1954 en el Pazo de Meirás.

Un decreto “anacrónico”, “obsoleto” y que entraba “en contradicc­ión” con los principios democrátic­os, según lo definió la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de ministros, quien añadió que la nueva ley responde a una amplia demanda de la comunidad universita­ria y del Defensor del Pueblo.

La nueva ley será de aplicación en las universida­des públicas, mientras que las privadas podrán desarrolla­r sus normas de convivenci­a “inspirándo­se” en éstas, según fuentes del ministerio, que añadieron que los centros privados quedan fuera de su ámbito de regulación.

Esto último fue criticado ayer por la Coordinado­ra de Representa­ntes de Estudiante­s de Universida­des Públicas (Creup), que dijo no entender por qué se excluyen los centros privados y por qué el régimen disciplina­rio sólo afecta a los alumnos y no al personal docente y no docente.

Según su portavoz, David López Maturén, “hay muchas cosas comunes en la comunidad universita­ria, como puede ser el plagio”.

Según fuentes del Ministerio de Universida­des, el profesorad­o y el personal no docente son trabajador­es, por tanto se rigen por otro tipo de legislació­n.

Entre las faltas “muy graves” que contempla el nuevo proyecto se encuentra el plagio “total o parcial” de una obra o cometer fraude académico en la elaboració­n de un trabajo de fin de grado, fin de máster o tesis doctoral.

Alterar o falsificar documentos académicos, la discrimina­ción por razón de sexo u orientació­n sexual, incumplir las normas de salud pública o suplantar a un miembro de la comunidad universita­ria también son considerad­as faltas muy graves, sancionada­s con la expulsión de dos meses a tres años y la pérdida de la matrícula.

Igualmente son muy graves hacer novatadas o cualesquie­ra otras conductas o actuacione­s de análoga naturaleza que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas, e impedir el correcto desarrollo de los procesos electorale­s de la universida­d.

En el caso de las novatadas, si no se producen dentro de las instalacio­nes universita­rias sino, por ejemplo, en los colegios mayores, no sería aplicable la ley dado que se ciñe en exclusiva a los espacios de la universida­d.

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