Diario de Cadiz

Absuelto el alcalde de Alcalá del Valle por el caso de los carros de la compra

● El juez considera que no fue delito sino falta de hurto y que los hechos han prescrito

- Elisa Armario

El alcalde de Alcalá del Valle, Rafael Aguilera (IU), ha sido absuelto del delito de hurto por el que se le acusaba tras llevarse, junto a otros miembros del sindicato SAT, nueve carros de productos de un hipermerca­do de Sevilla, en 2013.

El Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla ha dictado una sentencia en la que ha absuelto al alcalde de Alcalá del Valle de la pena de un año de prisión que solicitó para el la Fiscalía. Junto a él, el juez ha absuelto a los otros activistas del sindicato que participar­on en los hechos, entre ellos, José Manuel Benítez, candidato de Podemos al Congreso por Huelva en 2015; Manuel Rodríguez, ex diputado de IU por Sevilla; o José Antonio Núñez, ex alcalde de El Coronil (Sevilla) por IU.

Los hechos se remontan a agosto del año 2013, cuando Aguilera, junto con otros sindicalis­tas del SAT, procediero­n a apoderarse de productos del Carrefour en un establecim­iento con la intención de entregarlo­s a familias de una corrala de Sevilla para visualizar la situación de crisis económica por la que estaban pasando muchas personas.

Hay que recordar que las defensas solicitaro­n en su día la absolución de todos, argumentan­do que la inspectora que los identificó no había comparecid­o en la vista oral, al no ser requerida por la Fiscalía.

La acusación pública señaló en el juicio que el importe de lo sustraído ascendió a 2.357,34 euros, aunque Carrefour no denunció ni reclamó nada a los procesados y no aclaró la cantidad exacta que se pudo sustraer.

El juez considera ahora que estos hechos no son constituti­vos de un delito de hurto sino una falta, con lo que estima que han prescrito por rebasar el año.

La Fiscalía solicitaba para los acusados la pena de un año de prisión e inhabilita­ción especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

El letrado que ha defendido al alcalde de Alcalá del Valle, Pedro Jiménez Fernández, con despacho en la localidad, ha confirmado que la absolución se ha producido conforme a los parámetros pedidos por la defensa, porque se han calificado finalmente los hechos como falta de hurto conforme a la redacción del Código Penal vigente a fecha de los hechos y aplicando la figura de la prescripci­ón, “dada la demora injustific­ada por la Administra­ción de Justicia” en la tramitació­n de la causa.

Contra esta sentencia cabe interponer, en el término de 10 días hábiles, recurso de apelación, de cuya resolución se encargaría la Audiencia Provincial de Sevilla.

La Fiscalía solicitó un año de cárcel para Aguilera y otros miembros del SAT

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RAMÓN AGUILAR Miembros del SAT con carros en un centro comercial de la Sierra.

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