Diario de Cadiz

Anulada la rebaja de cárcel por la ley del ‘solo sí es sí’ a un condenado por intento de violación

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la rebaja de año y medio de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz para un hombre condenado por un delito de agresión sexual en grado de tentativa a una menor de 13 de años.

La Audiencia de Cádiz le impuso cinco años de prisión, sin embargo, tras ser revisada la sentencia con motivo de la entrada en vigor de la conocida como ley del ‘solo sí es sí’, vio su pena rebajada a tres años y medio, una reducción que ahora ha sido anulada tras un recurso de Fiscalía.

Según señala el auto del TSJA, la Fiscalía consideró en su recurso que, por tratarse de una víctima menor de 16 años, la calificaci­ón que efectuó la Audiencia “no fue correcta”, debiendo tenerse en cuenta, además, otras circunstan­cias que no se ponderaron debidament­e en el auto apelado (en el que se rebaja en año y medio la condena), tales como la especial vulnerabil­idad de la víctima o el prevalimie­nto de la posición de superiorid­ad del autor.

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha corroborad­o que cuando ocurrieron los hechos –un intento de violación con empleo de violencia e intimidaci­ón– la víctima tenía 13 años de edad, además de concurrir el prevalimie­nto o la superiorid­ad del autor.

Asimismo, el Alto Tribunal andaluz ha recordado en su resolución que este delito está ahora descrito en el actual artículo 181.1 y 3 del Código Penal y la pena a imponer a la infracción en grado de tentativa va de los cinco a los diez años de privación de libertad, siendo la primera de esas penas la que se impuso al condenado.

Por ello, el TSJA ha valorado que, con arreglo a su criterio, la regulación vigente no es más favorable al condenado frente a lo resuelto por la Audiencia Provincial, por lo que estima el recurso interpuest­o por el Ministerio Fiscal contra la decisión de revisar la pena.

Por otra parte, en otro auto dictado por el TSJA respecto a otra causa, sí desestima el recurso formulado por el Ministerio Fiscal contra una rebaja de condena de un año dictada por la Audiencia Provincial para un hombre condenado por un delito de abuso sexual a una menor de 16 años.

El procesado fue condenado a cuatro años de prisión y posteriorm­ente, tras un auto dictado en diciembre de 2022 por la Audiencia de Cádiz con motivo de la nueva ley, su condena pasó a ser de tres años de cárcel, que queda así tras haber desestimad­o el recurso de la Fiscalía.

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