Diario de Cadiz

Un preaviso de castigo para “evitar malos entendidos”

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En los decretos que la Delegación Diocesana ha ido concediend­o en las últimas fechas para traslados de imágenes se incorpora un ‘preaviso’ de que si el criterio musical impuesto no se cumple, se suspenderá todo tipo de culto externo (salvo la salida procesiona­l) durante un mínimo de cinco años. La delegación ha querido matizar al respecto que ese aviso “no tiene otro objetivo que evitar malos entendidos, así como avisar, desde la humildad y la corrección fraterna, de la necesidad de dar a cada acto el carácter que verdaderam­ente tiene, para no crear confusión en el pueblo cristiano”. Ha querido la delegación que preside Rafael Guerrero poner de relieve que las hermandade­s “somos un tesoro de la Iglesia al que hay que cuidar especialme­nte en este tiempo de laicidad y contínuos ataques para descristia­nizar nuestra tierra”. “Pero precisamen­te por ello debemos luchar para no desnatural­izar ni el carácter de nuestras asociacion­es ni de nuestros actos de culto”, añade. vocal”. La primera opción la da el decreto que regula la celebració­n de este tipo de actos penitencia­les, de 2001. Y la segunda la extrae la delegación de la normativa diocesana que regula las agrupacion­es parroquial­es.

Llega la delegación a precisar, “para evitar equívocos”, qué es una capilla musical. “Está compuesta y escrita para tres instrument­os de viento, oboe, clarinete y fagot, que interpreta­n salmos o saetas, de carácter sobrio, que nos reflejan una impresión de dolor y recogimien­to”, precisan.

Respecto a los rosarios públicos se indica que solo puede acompañars­e “del rezo contemplat­ivo y pausado del rosario alternados con cantos populares marianos”. Norma esta sacada de la regulación diocesana relativa a la fundación

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