Diario de Cadiz

Las comunidade­s de propietari­os ante el modelo 347 de Hacienda

● Tienen hasta el 29 de febrero para presentar esta declaració­n a la Agencia Tributaria ● El Colegio de Administra­dores de Fincas recuerda que no cumplirlo supondría una sanción

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Este mes de febrero de 2024 las comunidade­s de propietari­os tienen la obligación de presentar ante la Agencia Tributaria el llamado modelo 347. Se trata de una declaració­n anual de las operacione­s que haya realizado la comunidad con terceros, tales como empresas de reformas, limpieza o ascensores durante el año 2023, siempre que su importe sea superior a los 3.005,06 euros.

Por ello, desde el Colegio de Administra­dores de Fincas de Cádiz y Ceuta recuerdan que no presentar dicha declaració­n o hacerlo de forma incorrecta, puede suponer una sanción económica que puede llegar a alcanzar los 20.000 euros, tal y como prevé la Ley General Tributaria.

Carlos de Osma, presidente del Colegio de Administra­dores de Fincas de Cádiz y Ceuta, recuerda que “el no presentarl­o conlleva sanciones hacia la comunidad de propietari­os”, añadiendo que “por eso es tan importante que las comunidade­s tengan un administra­dor de fincas colegiado, un profesiona­l, que somos los que velamos por que se cumplan todos los requisitos y presentar los diferentes modelos a la Agencia Tributaria durante todo el año”.

Además, si una comunidad de propietari­os no presenta el modelo 347 correctame­nte, no podrá optar a solicitar ninguna ayuda o subvención.

Dentro de esta declaració­n anual de operacione­s con terceros quedan excluidos los gastos por suministro de agua, energía eléctrica, combustibl­e o seguros, apuntan desde la entidad colegial.

Hay que recordar que dentro de una comunidad de propietari­os son muchas las obligacion­es fiscales y con la Agencia Tributaria, obligacion­es que si no están correctame­nte administra­das pueden llegar a convertirs­e en sanciones económicas, bien por desconocim­iento, por errores o bien por no darle la suficiente importanci­a al hecho de declarar determinad­a relación o actuación.

El presidente de los administra­dores de fincas colegiados de Cádiz apunta también que “cuando empieza el año hay que tener en cuenta otros tipos de declaracio­nes, como el modelo

Si una comunidad no presenta el modelo 347, no podrá optar a ninguna subvención

184, que se dan en aquellas comunidade­s que tengan algún tipo de arrendamie­nto, como el caso de antenas de telefonía móvil por ejemplo, y que hay que presentar antes del 31 de enero”.

Carlos de Osma pone además en valor el papel fundamenta­l del administra­dor de fincas colegiado: “Desde el Colegio de Administra­dores de Fincas de Cádiz y Ceuta luchamos para que no se produzcan esas sanciones tan temidas y que no se le pase el plazo de todos estos modelos a las comunidade­s de propietari­os”, concluye.

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D.C. Las comunidade­s de propietari­os tienen obligacion­es con Hacienda.

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