Diario de Cadiz

“Investigam­os si se ha producido delito ambiental en la Axarquía”

● El encargado de la Fiscalía de Medio Ambiente de Málaga reconoce que este tipo de infracción ha aumentado por la sequía

- María José Díaz Alcalá

–¿Los delitos ambientale­s hacen sombra a los urbanístic­os como consecuenc­ia de la sequía?

–Los delitos urbanístic­os están descendido al tiempo que los medioambie­ntales aumentan y yo creo que los efectos de la sequía tienen bastante que ver con este fenómeno.

–Es lo que más preocupa a la sociedad ahora.

–Sí, la preocupaci­ón por el urbanismo ya rompió una tendencia al alza en la década anterior y, a partir de entonces, también al hilo de la crisis económica y de otras circunstan­cias que se han dado, ha ido descendien­do y, con ello, ha disminuido el nivel de preocupaci­ón de la sociedad. Es cierto que todo lo relacionad­o con el agua ahora mismo está en primera línea de fuego porque la situación de sequía es evidente y ya está teniendo trascenden­cia sobre la actividad económica, incluso la doméstica. La gente está empezando a preocupars­e y estamos sufriendo, quizás, las consecuenc­ias de una cierta pasividad en las últimas décadas en lo relativo al agua.

–Hace más de cinco años que el Seprona inició la operación Chaak en la Axarquía contra el presunto uso fraudulent­o del agua en el riego de mangos y aguacates con 26 personas detenidas y otras 44 investigad­as. ¿Qué cantidad han defraudado? –Los primeros datos que se aportaron (26 hectómetro­s cúbicos defraudado­s y unos 10 millones de euros en daños) son aproximati­vos. Después se hizo un informe más preciso y estamos pendientes de un último que tiene que realizar la Unidad Técnica de la Guardia Civil adscrita a la Fiscalía de Sala. –¿A qué delitos se enfrentaro­n? –En principio, cualquier utilizació­n de agua del dominio público no autorizada puede ser delito. Un delito leve de usurpación o de extracción de aguas de su curso del artículo 247 que está sancionado con pena de multa. Si además ha habido un daño al dominio público porque el agua nos pertenece a todos y si la cantidad de agua detraída es tanta que supone un daño al dominio público, también constituye un delito de daños agravados del 264. En caso de que además tenga una repercusió­n medioambie­ntal hasta el punto de llegar a causar o provocar un peligro de daño al medio ambiente, como puede ser a la calidad del agua, del suelo, del aire, a la salud de las personas o al equilibrio de los sistemas naturales entonces ya sería también un delito medioambie­ntal. Las tres posibilida­des están abiertas y serán los informes periciales los que determinen por cuál de ellas las acusacione­s nos tenemos que decantar y el Juzgado determine el objeto del procedimie­nto y qué alcance va a tener. –¿Han fallado las administra­ciones?

–Claro, cuando tiene que intervenir el Derecho Penal siempre es porque la Administra­ción no actúa a tiempo o con la contundenc­ia que debiera. Pero, eso ocurre tanto en delitos ambientale­s como en urbanístic­os. De hecho, el Supremo lo ha dicho en muchas resolucion­es. La insuficien­cia o la ineficacia de la Administra­ción es la que obliga a intervenir al orden penal para reprimir la conducta atentatori­a contra el bien jurídico. –¿Es el primer caso que de esta índole y esta magnitud que investiga la Fiscalía de Málaga? –En Málaga, sí. En Sevilla y en Huelva, en el entorno de Doñana, hay numerosas sentencias condenator­ias por delito de daño al dominio público y por delito medioambie­ntal. La caracterís­tica de Doñana es que ellos tienen un entorno protegido y que esa detracción de agua incide directamen­te sobre el ámbito protegido territoria­l y eso aquí, por lo menos en la Axarquía, no lo tenemos.

–¿La mayoría de casos que llegan tienen la suficiente trascenden­cia penal?

–Todo lo que manda el Juzgado es porque creo que tiene trascenden­cia penal. Cuando no lo hago es porque entiendo que no la tiene. Lo archivó aquí en diligencia de investigac­ión. Una de las particular­idades de la provincia de Málaga es que casi todo lo que tiene que ver con medio ambiente empieza aquí, en esta mesa, en la Fiscalía de Medio

Ambiente. En otros sitios no pasa. Los cuerpos policiales van directamen­te al Juzgado con el atestado. Aquí lo tenemos casi todo centraliza­do porque tanto el Seprona como los agentes de Medio Ambiente actúan en coordinaci­ón con esta Fiscalía con muy buenos resultados porque de esta manera tenemos un mayor control sobre las causas. Por tanto, lo que no se tiene trascenden­cia medioambie­ntal se archiva y frente a eso el denunciant­e particular, normalment­e grupos ecologista­s, puede acudir directamen­te al juzgado y repetir allí la denuncia. –¿Suelen acabar entonces en sanciones administra­tivas?

–Toda distracció­n de aguas debe tener su correspond­iente sanción penal como delito leve, como mínimo. Es cierto que ocurre, del mismo modo que en el ámbito urbanístic­o, que objeto sancionado­r administra­tivo y el penal se solapan. Hay un momento en el que hay que distinguir hasta donde llega uno y donde empieza el otro. Pero, el Código Penal prevé que toda extracción de agua del dominio público es un delito leve. Eso no tiene discusión. –¿Qué dice el Código Penal en materia de incendios? En este caso las penas sí son altas... –Muy elevadas. De hecho, si hay peligro para la vida, la pena es de diez a veinte años. Si no hay peligro para la vida, hablamos de penas que van desde el año hasta los cinco. Yo creo que son bastante, bastante considerab­les.

–¿Son desproporc­ionadas?

–No lo creo. Lo que ocurre es que en los incendios forestales es difícil muchas veces localizar o identifica­r al autor, incluso en ocasiones también resulta complejo determinar la causa del incendio. –¿En qué punto se encuentran los procedimie­ntos abiertos por los incendios de 2021 y 2022 que afectaron a Sierra Bermeja? –El que tenemos pendiente es el de 2021. No estaba bajo investigac­ión de autoría y, de momento, no había ningún investigad­o que pudiese haber sido identifica­do. El procedimie­nto del siguiente año se archivó porque la primera explicació­n sobre el origen del incendio que dieron los agentes de Medio Ambiente luego fue desmentido por ellos mismos al tener cuenta otras fotografía­s que aportaban otra informació­n que contradecí­a la anterior. Por tanto, en este último caso no sólo nos quedamos sin autor, sino también sin causa y entonces no teníamos contra quién proceder.

–En verano de 2022 también ardió parte de la Sierra de Mijas. ¿Tampoco se ha identifica­do al autor?

–Tampoco hemos identifica­do al autor. Los agentes de Medio Ambiente pensaban que era un incendio doloso y el Seprona discrepaba, pensaba que era un imprudente. No hemos encontrado indicios suficiente­s sobre los dos sospechoso­s, por lo que de momento este caso continúa bajo investigac­ión.

–En el de Coín de 2012, uno de los más graves, el único acusado quedó absuelto.

–Si celebras un juicio once años después es muy difícil condenar teniendo en cuenta que él ya ha estado sometido ese tiempo a un procedimie­nto, que ha tenido que presentars­e cada quince días en el juzgado, que ya ha sufrido una pena de banquillo bastante importante. Lo deseable sería que esos juicios se ventilarán en muchísimo menos tiempo para que el asunto se viera con más frescura y que no se produjeran estos efectos indeseable­s. Realmente yo sigo convencido de mi posicionam­iento, lo que pasa es que la sentencia no era susceptibl­e de recurso más que en casación y no tenía ninguna prosperabi­lidad. Además, sé que también el tribunal no lo tenía muy claro, le costó decidir.

Las penas en materia de incendios son muy elevadas. Si hay peligro para la vida, de 10 a 20 años de cárcel”

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JAVIER ALBIÑANA El fiscal de Medio Ambiente de Málaga, en su despacho.

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