Más protección para el viñedo
El pleno de Jerez aprueba, con el voto en contra del PSOE, un documento con medidas para regular la implantación de plantas eólicas y fotovoltaicas Rechaza el recurso de Pacheco
El pleno municipal ha aprobado definitivamente, con el voto en contra del PSOE, el documento de directrices y estrategias para la protección paisajística de los suelos calificados en el PGOU como Suelo No Urbanizable con la categoría de ‘Especial Protección-viñedos’. Incluye, como principal medida, una moratoria de dos años en el ámbito de estos terrenos respecto al otorgamiento de nuevas autorizaciones para la implantación de iniciativas que comporten la transformación de suelo para uso industrial energético (parques eólicos, fotovoltaicos, hidrógeno verde o contenedores para almacenamiento de energía). El pleno ha aprobado también rechazar la única alegación presentada durante el trámite de información pública.
La delegada de Urbanismo, Belén de la Cuadra, ha recordado que en el pleno del 27 de octubre de 2023, “se posicionó claramente a favor de adoptar medidas para proteger una parte del territorio que conforma el término municipal, en la que se ubican los históricos pagos de viñas”, y por tanto, este documento es parte del compromiso del gobierno municipal para salvaguardar el paisaje del viñedo. La razón que motiva estas medidas “es la sucesiva implantación de instalaciones para la producción de energía mediante tecnologías de fuentes renovables, y el efecto acumulativo en el territorio de las mismas”.
En relación a ello, la delegada ha explicado que “se ha constatado que el PGOU vigente no ha sido desarrollado aún para disponer de las herramientas adecuadas, ya que en él se dice que deberá redactarse un Plan Especial de Ordenación de los Recursos Energéticos Solares, una obligación permanece incumplida. Y por otra parte, la elaboración del
Plan Especial de Ordenación de los Recursos Eólicos data de 2005, por lo que parece conveniente su revisión y adaptación, una vez transcurridos casi veinte años”.
Ante las circunstancias, el pleno del 27 de octubre adoptó tres acuerdos: el primer acuerdo consistió en “considerar necesario que se apruebe un solo Plan Especial que regule la implantación de proyectos relacionados con la producción y almacenamiento de energías renovables en todo el término municipal”, tal y como ha indicado.
MORATORIA DE DOS AÑOS
El segundo acuerdo tenía como objetivo “formular una medida coyuntural de salvaguarda por un periodo
de dos años (cuya aprobación tenía carácter de aprobación inicial), consistente en establecer un aplazamiento temporal de nuevas autorizaciones para la implantación de iniciativas que comporten la transformación de suelo para uso industrial energético (parques eólicos, fotovoltaicos, hidrógeno verde, contenedores para almacenamiento de energía). Cabe recordar que esta moratoria comprende los terrenos de viñas del término municipal de Jerez, que representan un 4% del total, junto con una banda perimetral de 600 metros alrededor. La moratoria deberá revisarse en el plazo máximo de dos años y quedará sin efecto con la entrada en vigor del Plan Especial para la
Implantación de Proyectos de Producción y Almacenamiento de Energías Renovables.
Y el tercer y último acuerdo consistió en someter a trámite de información pública el acuerdo anterior por plazo de 30 días. Tras la información pública a que ha estado sometido el acuerdo referido, “se ha presentado una sola alegación, que viene firmada por un ciudadano a título particular, y que tras ser analizada se considera que merece ser rechazada”, tal y como ha informado la delegada.
En relación a esta alegación, la delegada ha subrayado que el pleno adoptó el anterior acuerdo de aprobación inicial basándose en dos pilares: “Por un lado, en la protección paisajística, basándonos en el Convenio Europeo del Paisaje, cuya jerarquía normativa se reconoce y establece en la propia Constitución, y se ratifica en la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales”. Y por otro, el acuerdo se basa “en el principio de autonomía municipal de las entidades locales, reconocido en la propia Constitución y en la Ley de Bases de Régimen Local, en la que se dice que deberá asegurar a los Municipios su derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses, atribuyéndoles las competencias que proceda en atención a las características de la actividad pública de que se trate y a la capacidad de gestión de la Entidad Local”.
El acuerdo plenario aprobado incluye también la voluntad de iniciar un proceso participativo abierto al conjunto de la ciudadanía y de todos los colectivos implicados en relación al citado Plan Especial.
Inadmisión de recurso
Por otro lado, y en relación a este asunto, el pleno ha aprobado también la inadmisión del recurso de reposición presentado por el exalcade Pedro Pacheco contra el acuerdo adoptado por el pleno en octubre, en lo concerniente al establecimiento de la moratoria acordada, dado que la resolución impugnada por el recurrente, “no tiene la consideración de resolución finalizadora del procedimiento y no pone fin a la vía administrativa, como por otra parte se reconoce implícitamente por Pacheco y se pone de manifiesto con la presentación por su parte de un escrito, de similar contenido al de su recurso, al que él mismo denomina alegaciones en el trámite de información pública al que se somete el acuerdo plenario de octubre”.