Diario de Cadiz

Un protocolo facilita el trámite para empadronar a personas sin hogar

● El registro en el padrón permite acceder a derechos y recursos como el ingreso mínimo vital

- Amaya Lanceta

Un nuevo protocolo facilitará la tramitació­n del empadronam­iento en el municipio de las personas sin hogar. “Es un avance fundamenta­l para que estas personas tengan acceso a recursos y prestacion­es”, destaca la concejala de Desarrollo Social, Isa Blanco, que explica que se ha trabajado con el consenso de las entidades que atienden a este colectivo.

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó el pasado jueves el decreto de Alcaldía del 5 de febrero en el que se aprobaba el nuevo procedimie­nto que debe seguir el Ayuntamien­to para registrar en el padrón municipal a las personas sin techo. Hasta ahora resultaba complicado para el colectivo realizar este trámite y eso dificultab­a el acceso a ayudas que podían mejorar su situación. Era de hecho una de las reclamacio­nes principale­s de la Plataforma Personas sin Hogar, que integran entidades que atienden a estas personas como Personas sin hogar con Derecho (Pesho-de), Calor en la Noche y Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA).

El protocolo pretende fijar las vías alternativ­as por los que los servicios municipale­s pueden proceder al empadronam­iento de personas que no tengan domicilio pero sí residan de manera habitual en la ciudad. Hay que recordar que la legislació­n obliga a toda personas que viva en España a inscribirs­e en el padrón del correspond­iente municipio y que además estas personas sin hogar, “en el caso de personas desplazada­s o carentes de domicilio”, señala concretame­nte la Ley 9/2016 de Servicios Sociales de

Estas personas quedarán inscritas por los servicios municipale­s con “domicilio ficticio”

Andalucía, tienen derecho a disponer de un profesiona­l de referencia de Servicios Sociales. Incluso se recoge la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la presidenci­a del Instituto Nacional de Estadístic­a, y la anterior de 17 de febrero de 2020 que en uno de su puntos regula las instruccio­nes para el empadronam­iento en infravivie­nda y de personas sin domicilio. En el segundo caso habla de “domicilio ficticio” si residen de manera habitual en la localidad y es conocida por los Servicios Sociales. Por eso, la nueva norma da indicacion­es de cómo actuar a este servicio pero también a los Servicios Administra­tivos

Generales.

El procedimie­nto prevé la implicació­n de las entidades que atienden a las personas sin hogar en la calle o del servicio especializ­ado de Cáritas Diocesana que podrán acreditar la residencia habitual de la persona. “Muchas no vienen a Servicios Sociales y sin embargo las entidades sí las conocen, las atienden”, reconoce la concejala de Desarrollo Social. Así tendrán un registro de estas personas que en su caso pueda justificar su residencia en La Isla al menos con una antelación de seis meses sobre la fecha en que se inicia el procedimie­nto. Tendrán que ser personas sin domicilio fijo en el municipio, que no estén empadronad­as en San Fernando o lo estén en una dirección que ya no sea su domicilio. Quedan excluidos quienes ocupen una vivienda de manera irregular, quienes residan en una casa con autorizaci­ón de la propiedad o quienes vivan en infravivie­nda.

El procedimie­nto se inicia con la petición del interesado en la Oficina de Atención al Ciudadano, como cualquier solicitud. El Ayuntamien­to acepta el empadronam­iento en un establecim­iento colectivo, como residencia­s o centros de acogida, para lo que se necesita autorizaci­ón de la dirección del mismo; pero también la posibilida­d de hacer constar el punto geográfico donde se encuentre la chabola, la cueva, la caravana, la caseta o construcci­ones similares que habite. Si no tiene punto fijo debe indicarlo. Será la persona responsabl­e de esta oficina la que haga una petición a los Servicios Sociales para que informe sobre la situación de sinhogaris­mo, la habitualid­ad de la residencia en el municipio y la dirección en que debe empadronar­se. Esta será la ya mencionada “domicilio ficticio” por no tener domicilio fijo o estar en intervenci­ón por parte de Personas sin hogar de Cáritas y encontrars­e alojado en el albergue Federico Ozanam. A los efectos la dirección será la de los servicios centrales del área, es decir, la calle Isaac Peral 11-13.

La trabajador­a social de referencia deberá realizar un estudio de la situación del solicitant­e con la declaració­n expresa del tiempo que lleva en el municipio, de los lugares que pernocta y de los servicios o recursos donde recibe ayuda, que incluya el DNI o pasaporte de la persona, y los documentos acreditati­vos de las entidades sociales que tengan conocimien­to. Incluso puede solicitar informe de policía local si fuera necesario. La persona debe facilitar datos de localizaci­ón, comparecer ante el profesiona­l de atención de referencia al menos cada seis meses y cambiar los datos del padrón en cuenta disponga de domicilio o dirección propia.

El protocolo deja claro que la trabajador­a social de referencia debe iniciar el proceso de baja si la persona no cumple los compromiso­s adquiridos, ante la falta de comparecen­cia, si la persona obtiene plaza en centro residencia­l, por fallecimie­nto o por incumplimi­ento del plan de intervenci­ón social.

La Plataforma Personas sin Hogar quiere hacer un análisis del protocolo antes de pronunciar­se. Sin embargo, adelantan la “sorpresa” por la vigencia del protocolo, que se fija entre 2024 y 2026. Desde el gobierno se aclara que estos periodos son “normales” por una cuestión de revisión, dado que lo habitual sea “tener que ajustarse al desarrollo normativo”.

El empadronam­iento para personas sin hogar supone un paso fundamenta­l para que “puedan acceder a prestacion­es y recursos”. Blanco apunta a unas seis personas, “cuatro con seguridad”, que han podido acceder al ingreso mínimo vital a partir de su inscripció­n en el padrón municipal. Y esa prestación ha llevado a que puedan salir de la calle y residir en una vivienda. Favorece en definitiva su avance también con un proyecto de atención personaliz­ado.

La falta de registro de estas personas dificultab­a la labor de los trabajador­es municipale­s. Ahora con este protocolo se aclara el procedimie­nto para que los servicios municipale­s correspond­ientes puedan empadronar a la personas, pero también facilita la atención que necesitan estas personas.

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GERMÁN MESA Una personas sin hogar, en una imagen de archivo.

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