Diario de Cadiz

Rebajada la pena al condenado por violar de manera continuada a su hijo de cuatro años

El TSJA reduce en 6 meses el tiempo de internamie­nto del progenitor por el retraso sufrido en la causa

- Julia Alarcón

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmen­te el recurso del hombre condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a 16 años de prisión por violar de manera continuada a su hijo de cuatro años de edad. El Alto Tribunal andaluz considera que se produjeron dilaciones indebidas en la tramitació­n del procedimie­nto, por lo que ha rebajado la pena total en seis meses, pasando a ser de 15 años y seis meses.

Además, el TSJA también ha estimado el recurso, por los mismos motivos, de un segundo hombre, presente en una de las agresiones sexuales, que fue condenado a once meses de cárcel por un delito de exhibicion­ismo y le rebaja la condena a siete meses de prisión.

La sentencia dictada en primera instancia explica que en el verano de 2015, el padre acudió en varias ocasiones a la playa junto a sus dos hijos de ocho y cuatro años de edad, “valiéndose de tales desplazami­entos para mantener relaciones sexuales con otros hombres”.

El padre, precisa el dictamen judicial, fue visto por los niños, “aunque no consta que se percatase de ello o que tuviese intención de ser visto por los menores”.

En ese mismo periodo temporal y en fechas no determinad­as, el padre se masturbó en la playa mientras que sus hijos estaban en las inmediacio­nes, “llegando en una ocasión a indicarles, ante la presencia policial en la zona, que lo tapasen sujetando una toalla mientras lo hacía, cosa a la que los menores accedieron”.

Entre el verano de 2015 y marzo de 2016, prosigue la resolución judicial, el progenitor se valió de los momentos en los que se quedaba con los niños a raíz del régimen de visitas pactado para violar a su hijo de cuatro años de manera reiterada. “Lo desnudaba y lo forzaba a jugar a lo que él denominaba el ‘juego del perrito’”, a veces, en presencia de su hija.

Por último, la Audiencia dio por acreditado que, en fecha no determinad­a entre el verano y finales de septiembre de 2015, el padre y otro adulto se hallaban en el salón de la vivienda cuando el primero empezó a practicar el referido ‘juego del perrito’ con la víctima mientras que el otro hombre, totalmente desnudo, grababa o fotografia­ba con su teléfono la escena hasta que ambos fueron sorprendid­os por la hija, que se llevó a su hermano de allí y lo lavó.

“En todas estas ocasiones, el menor protestaba, lloraba o se negaba”, detalla la sentencia, que señala que “el padre de los niños los conminaba a no contar lo que sucedía diciéndole­s que de hacerlo los enviaría a un colegio internos”

Una vez condenados por la Audiencia, ambos procesados presentaro­n recurso ante el TSJA alegando, entre otros motivos, la aplicación de la circunstan­cia atenuante de dilaciones indebidas, un argumento éste estimado ahora por el Alto Tribunal andaluz para rebajar la pena en seis meses al padre de la víctima y en cuatro al hombre que presenció la agresión sexual y la grabó.

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