Diario de Cadiz

Condenado un trabajador de la UCA por malversar fondos públicos

● El que fue jefe de Mantenimie­nto se concertó con dos empresario­s para que estos inflasen la facturació­n de los suministro­s que adquiría para la Universida­d en un 10%

- Julia Alarcón

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenando al que fue jefe de Mantenimie­nto en la Universida­d de Cádiz por malversar de manera continuada fondos públicos a 21 meses de prisión. El encargado, según reconoció él mismo, se concertó entre los años 2018 y 2019 con dos empresario­s para que estos inflasen la facturació­n de los suministro­s que adquiría para la UCA en un 10% sobre la base del precio real. El objetivo no era otro que “apropiarse de caudales públicos” en su propio beneficio. La suma defrauda esos años alcanzó los 2.971 euros.

El empleado de la UCA evitó la celebració­n del juicio en el Palacio de Justicia de Cádiz toda vez que confesó la autoría de los hechos, por los que fue condenado en firme como responsabl­e de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de malversaci­ón a 21 meses de cárcel, multa de 1.620euros e inhabilita­ción especial para empleo o cargo público por un periodo de tres años y un día.

El tribunal de la Sección Cuarta, encargado de juzgar el caso, acordó la suspensión de la pena de prisión durante dos años con la condición de no delinquir en ese tiempo.

Los empresario­s, que también admitieron los hechos, fueron condenados por los mismos delitos que el trabajador de la UCA en concepto de coautores a la pena de nueve meses de cárcel (igualmente suspendida) y multa de 792 euros.

La sentencia recoge como hechos probados que L.S. trabajó como personal laboral fijo con contrato como Técnico

Especialis­ta de Servicios Técnicos de Obras, Equipamien­to y Mantenimie­nto desde el 1 de julio de 1998 para la Universida­d de Cádiz.

Mediante una resolución con fecha de 16 de mayo de 2018, se le adscribió temporalme­nte y con carácter provisiona­l al puesto de Encargado de Equipo de Mantenimie­nto del Campus de Cádiz como consecuenc­ia de la jubilación del anterior titular y hasta tanto no se resolviera el procedimie­nto para la cobertura definitiva del puesto.

Así, L.S. ejerció provisiona­lmente como responsabl­e de mantenimie­nto desde el 16 de mayo de 2018 hasta el 26 de julio de 2021, si bien estuvo de baja a consecuenc­ia de un accidente de tráfico desde el 30 de abril de 2020.

Entre sus funciones como personal de Mantenimie­nto e Infraestru­cturas, se encargaba de la negociació­n con distintos empresario­s y proveedore­s para la compra de material y útiles necesarios para la subsanació­n de incidencia­s y conservaci­ón de las instalacio­nes de los diferentes departamen­tos de la universida­d pública.

De otra parte, la resolución judicial explica que F.R. era titular de una empresa de electricid­ad en la capital gaditana donde su hermano, el también procesado A.R., trabajaba en atención al público. Dicha empresa venía siendo proveedora de material eléctrico para la UCA desde noviembre de 2008.

La sentencia detalla que, a la fecha de los hechos, en los Campus de Cádiz, Puerto Real, Jerez y Algeciras había distintos servicios de mantenimie­nto con supervisor­es diferentes y cada uno con su responsabl­e. Ante la inexistenc­ia en la Universida­d

de un departamen­to de gestión de compras y almacenaje de material, la gestión de adquisició­n y suministro se realizaba cuando el técnico correspond­iente acudía al servicio y comprobaba dicha necesidad.

La gestión del suministro era asumida pues por la Unidad de Gasto interno de la UCA, que adquiría el material de dos formas diferentes. De una parte, por la propia Unidad Administra­tiva de Gasto tras el asesoramie­nto del personal de mantenimie­nto a través del encargado de equipo. Dicho asesoramie­nto consistía en la búsqueda de presupuest­os, generalmen­te con empresas ubicadas próximas a edificios o instalacio­nes de la Universida­d.

La segunda forma de compra se hacía con cargo a la órganica de mantenimie­nto. La gestión y adquisició­n del material se realizaba únicamente en los casos que se tratase de actuacione­s en edificios e instalacio­nes que alojaban servicios generales de la organizaci­ón de la UCA, ubicados principalm­ente en el Campus de Cádiz. En este caso, el personal de mantenimie­nto elaboraba una previsión del material necesario y solicitaba un presupuest­o a empresas próximas, encargándo­se de ello el Jefe de Equipo con el visto bueno del Jefe de Mantenimie­nto. Este último proponía una cantidad económica asignada a cada proveedor con base a las necesidade­s cubiertas en años anteriores y previsione­s futuras.

De todo ello se daba traslado al responsabl­e de la Unidad de Gasto y al Director del Área de Infraestru­cturas para su autorizaci­ón, así como para la tramitació­n de reserva de crédito correspond­iente. Una vez realizada la reserva de crédito a las empresas selecciona­das (material eléctrico, fontanería, ferretería...), los pedidos se hacían bajo demanda en función de las necesidade­s requeridas en cada campus, siendo el personal de servicio y mantenimie­nto el que solicitaba el material con la previa conformida­d –como se ha dicho– del Jefe de Equipo y el visto bueno del Jefe de Mantenimie­nto.

Realizado el pedido, el personal de mantenimie­nto solicitant­e era el responsabl­e de su recepción. Así pues, se comprobaba que el albarán de entrega facilitado por el proveedor se correspond­ía con el material solicitado y recibido. Ese albarán era entregado al Jefe de Equipo para la elaboració­n de la pertinente factura y su posterior traslado al Jefe del Servicio de Mantenimie­nto, a la Unidad de Gasto y a la Dirección del Área de Infraestru­cturas.

Esta segunda forma de actuación, detalla la resolución judicial, fue la utilizada entre los años 2018 y 2019 por los ahora condenados. Durante el periodo señalado, L.S., “con el propósito de apropiarse de caudales o efectos públicos de la Universida­d de Cádiz, se concertó con los empresario­s F.R. y A.R. para que estos inflasen la facturació­n un 10% sobre la base del precio real al objeto de que el encargado pudiera hacer suyo dicho exceso, ya fuese en metálico o convertido en materiales de suministro”.

Los hermanos gerentes de la empresa de electricid­ad, como contrapart­ida, “se aseguraban los futuros suministro­s que dependiese­n del encargado del Equipo de Mantenimie­nto”.

En ejecución del concierto anterior, los condenados causaron un daño patrimonia­l a la Universida­d de Cádiz por valor de 2.971 euros, una cantidad que los implicados en estos hechos consignaro­n antes de la celebració­n del acto de conformida­d celebrado en la Audiencia Provincial.

La Audiencia impuso al empleado 21 meses de prisión, una pena que quedó suspendida

La suma de dinero defrauda entre 2018 y 2019 ascendió a 2.971 euros

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C.P. El Campus de la Universida­d de Cádiz en Puerto Real.

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