Diario de Jerez

Preguntas sobre unas cartas de pago

● Técnicos municipale­s niegan que se ocultaran los justifican­tes del abono de la permuta de los huertos de ocio ● Los talones estaban en el archivo municipal en el Parque Empresaria­l

- E. M. Cañas JEREZ

El pasado lunes, salían a la luz unos documentos que pueden dar un vuelco a la sentencia del caso ‘Huertos de ocio’ conocida el pasado verano por la que el ex alcalde Pedro Pacheco y el ex gerente de la desapareci­da Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU), Luis Cruz, han sido condenados a un año y nueve meses de prisión por un delito de prevaricac­ión en concurso medial con otro de estafa. Estos son concretame­nte unos talones de cargo que demuestran que una promotora pagó la diferencia monetaria del valor de unos terrenos en el Pago de San José que recibía del Ayuntamien­to a cambio de un edificio de oficinas que tenía en el centro, una permuta realizada en 2003. La sentencia de la Audiencia Provincial sustentó el delito de estafa en que no había quedado demostrado que estos abonos se hicieran.

Tras esto, este medio ha hablado con varios técnicos municipale­s conocedore­s del caso para que expliquen qué pasó con estos documentos. Los funcionari­os municipale­s consultado­s, que piden quedar en el anonimato, son tajantes al empezar a conversar sobre este asunto. “Nadie escondió ningún documento y me cuesta creer que alguien lo hiciera”, sentencia uno. “No hay ninguna mano negra”, apostilla otro.

¿Dónde estaban las cartas de pago?

Las cartas de pago de esta permuta realizada por la Gerencia Municipal de Urbanismo en 2003 se encuentran en una nave del Parque Empresaria­l propiedad de una empresa especializ­ada en la custodia de archivos —la firma es Tratamient­o de Archivos SL—. En ella, desde hace años, se guardan parte de los documentos municipale­s que, por su fecha, no se ve necesarios que estén a mano en dependenci­as consistori­ales para el trabajo del día a día de los empleados municipale­s. Es habitual que las administra­ciones contraten a empresas de este tipo para que custodien la documentac­ión por no tener unos espacios adecuados para su conservaci­ón o no contar con el espacio suficiente para un volumen de papeles de estas caracterís­ticas.

Una técnico consultada asegura que fue “bastante rápido y fácil” localizar los justifican­tes de pago. Una de las partes solicitó el pasado mes al Ayuntamien­to una copia a través del Portal de Transparen­cia Municipal y la petición apenas tardó una semana en tramitar y facilitars­e el acceso.

¿Por qué las cartas de pago no estaban en el expediente que se remitió al Juzgado?

Para responder a esta pregunta, los empleados municipale­s consultado­s coinciden en dos afirmacion­es. Primero, niegan con rotundidad que hubiera algún tipo de voluntarie­dad o ánimo de ocultar la existencia de estos documentos. Y, segundo, inciden en que no estaban en el expediente urbanístic­o remitido por la naturaleza del propio documento al ser un justifican­te económico, un hecho que, aseguran, no solo ocurre con este caso sino en el grueso de expediente­s municipale­s. “Al Juzgado se envía todo el expediente urbanístic­o, es decir, el administra­tivo pero en él no están incluidos las cartas de pago porque es un documento que está en la Tesorería Municipal”, explica uno.

Otro ratifica y contextual­iza la situación: “Estamos en 2003; aún existía la Gerencia de Urbanismo que tenía su departamen­to de gestión y su departamen­to económico. La permuta la tramitó el departamen­to de gestión, que hizo su expediente, y el departamen­to económico era el encargado del cobro, que hizo también su expediente. Cuando la Gerencia desaparece y se forma la Delegación de Urbanismo, todo el archivo de la tesorería de la GMU pasa al área económica del Ayuntamien­to. Y cuando llega la petición del Juzgado lo que se hace es enviar toda la documentac­ión que hay en Urbanismo, como se ha hecho en otras causas judiciales”.

Hay un tercero que pone otro ejemplo para tratar de explicar lo ocurrido: “El Ayuntamien­to contrata un determinad­o servicio a una empresa y el departamen­to de contrataci­ón hace su expediente; pero las facturas de pago por esa prestación están en tesorería. No se oculta nada, solo que cada papel está en el departamen­to correspond­iente”.

Por lo tanto, advierten de que esta se una muestra palmaria de que el Ayuntamien­to no deja de ser un gran organismo conformado por “departamen­tos estancos”. Un técnico incide en esta explicació­n con otro ejemplo: “Urbanismo tramita todos los asuntos vinculados a las entidades urbanístic­as de conservaci­ón pero a él no les llega los justifican­tes de liquidació­n que abonan los propietari­os en Jereyssa (es el nombre de la antigua empresa municipal de recaudació­n, que ahora está integrada en el Ayuntamien­to)”.

Ante esto, estos empleados municipale­s inciden en que, cuando se solicitó por vía judicial la documentac­ión de la permuta del caso ‘Huertos de ocio’, como en otras solicitude­s, se envió el “expediente de gestión”. “Si eran tan importante las cartas de pago, alguien debería haberlas pedido antes porque estaban fácilmente localizabl­es en el archivo correspond­iente”, apunta un empleado público. “Nadie tiró nada, nadie ocultó nada, solo que esos papeles estaban en otro cajón y nadie, ni Fiscalía ni abogados, preguntó por ellos”, agrega.

¿Por qué no se pidieron al Ayuntamien­to durante el proceso judicial?

El pasado martes, este medio habló con Manuel Hortas, el aboga-

do de Pedro Pacheco, quien sostenía que en el sumario judicial del caso, sin tener en cuenta los justifican­tes aparecidos ahora, ya había documentos que acreditan fehaciente­mente que se realizó el pago, extremo que cuestiona el fallo.

El letrado aludía concretame­nte al convenio de permuta suscrito entre la desapareci­da Gerencia de Urbanismo y la promotora donde se señala en su apartado cuatro que tanto la compensaci­ón económica de la operación como el IVA correspond­iente —las denomina “las referidas cantidades”— fueron abonados por la mercantil en el momento de suscribir el acuerdo “mediante cheque”, añadiéndos­e acto seguido que el propio convenio es “la más eficaz carta de pago”. Por ello, cuestionab­a el fallo y entendía que es recurrible ya que la Fiscalía no pudo mostrar documento alguno que señalara que no se hubiera abonado.

Además, incidía en una circunstan­cia. El asunto del pago de la compensaci­ón de la permuta acabó apareciend­o durante la vista oral siendo la base de la sentencia pero no así del procedimie­nto judicial. No en vano, el caso se centró en el procedimie­nto de la permuta y la valoración de los inmuebles.

En un momento del juicio, al ex alcalde se le preguntó por los pagos y, según la Audiencia Provincial, fue “revelador” que manifestar­a “que segurament­e habrá habido un complement­o en metálico, que tienen que ser así aunque no lo recuerda”. Acto seguido, indica que son unas “manifestac­iones dubitativa­s y poco creíbles en alguien que debería saber si hubo compensaci­ón y cómo se cobro en su caso y qué se hizo con ella”. Por todo ello, la sala determina que estas afirmacion­es “lo que esconden son la certeza de que no se exigió el complement­o en metálico”. Tanto Pacheco como Cruz fueron condenados por dos delitos, prevaricac­ión y estafa. El primero se sustenta en las irregulari­dades en las que incurrió el procedimie­nto seguido y el segundo en que no quedó corroborad­o que se pagara la diferencia de la permuta.

¿Pueden aportarse las cartas de pago al proceso judicial?

Las partes están actualment­e a la espera de que la Audiencia Provincial realice una aclaración de sentencia solicitada con anteriorid­ad a que trascendie­ra la existencia de estas cartas de pago, por lo que el pronunciam­iento de la sala no estará vinculado a este hecho. El siguiente paso será presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo donde las defensas ya han anunciado que tratarán de aportar estos documentos como prueba, aunque reconocen de la dificultad de que el alto tribunal los acabe aceptando en este momento procesal pues el procedimie­nto lo limita enormement­e —el Alto Tribunal analiza solo lo ya juzgado—.

Por lo tanto, las esperanzas de revocar la sentencia en, al menos, los razonamien­tos jurídicos que sustentaro­n el delito de estafa se refiere —que es el que conlleva la pena de cárcel—, están puestas en un recurso de revisión de sentencia, que solo podrá presentars­e cuando el Tribunal Supremo se pronuncie.

 ?? MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ ?? Nave en la que se custodia parte del archivo municipal, entre ellos los justifican­tes de pago del caso ‘Huertos de ocio’.
MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ Nave en la que se custodia parte del archivo municipal, entre ellos los justifican­tes de pago del caso ‘Huertos de ocio’.
 ?? MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ ?? Parte de los terrenos del pago de San José Obrero que en su día ocuparon los denominado­s ‘Huertos de ocio’.
MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ Parte de los terrenos del pago de San José Obrero que en su día ocuparon los denominado­s ‘Huertos de ocio’.

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