Diario de Jerez

La nueva normativa de la DGT lleva en vigor nada más comenzar el año 2021

- F.P.

Si hasta el momento la normativa de estos vehículos ha tenido un carácter municipal, desde el pasado 2 de enero han entrado en vigor un nuevo reglamento aprobado por la DGT.

¿Y a qué afecta esta nueva normativa? El cambio más significat­ivo es que a partir de ahora los patinetes eléctricos son considerad­os vehículos a todos los efectos de ahí que estén obligados a cumplir las normas de circulació­n, del mismo modo que coches o motos.

Esto significa también que a partir de ahora, al conductor de este tipo de vehículos se le podrá realizar pruebas de alcohol o drogas, algo que hasta ahora no estaba legislado.

Otro de los aspectos que más van a cambiar el día a día de muchos usuarios de estos patinetes eléctricos está en que a partir de ahora no podrán circular por las aceras. Asimismo, tendrán prohibida la circulació­n en vías interurban­as, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

Tampoco la velocidad se librará de los controles de la DGT. Las peticiones de muchas ciudades han terminado por acometer una reforma en este sentido, reforma que fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 10 de noviembre pero que entrará en vigor oficialmen­te el próximo 11 de mayo, ofreciendo así a las administra­ciones un periodo de seis meses para que adecuen y adapten las señalizaci­ones.

Con estos cambios, los vehículos eléctricos podrán circular a 20km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera; a 30 kilómetros/hora en vías con un único carril por sentido de circulació­n; y a 50 kilómetros en vías de dos o más carriles por sentido de circulació­n.

Finalmente, la Dirección General de Tráfico está trabajando en la puesta en marcha de un manual con las caracterís­ticas técnicas que deben cumplir estos vehículos. La idea es que el primer borrador esté listo en los próximos meses, aunque aún no hay fecha fija.

Lo que sí se ha anunciado es que dicho certificad­o de circulació­n será obligatori­o dos años después de que dicho manual sea oficialmen­te publicado.

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