Diario de Jerez

Condenado por obligar a una menor a presenciar cómo se masturbaba

El procesado intimidaba a la niña con un machete y le decía que iba a matar a su madre

- Julia Alarcón

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por intentar agredir sexualment­e a una menor de edad y obligarla a presenciar cómo se masturbaba al mismo tiempo que la intimidaba con un machete.

El tribunal de la Sección Cuarta lo ha condenado como autor responsabl­e de un delito continuado contra la libertad sexual compuesto por los delitos de exhibicion­ismo y agresión sexual intentada contra una persona especialme­nte vulnerable por razón de su edad, ya que la denunciant­e sufrió estos episodios desde que tenía 13 años hasta que cumplió los 15.

Durante la celebració­n de la vista oral, el procesado no solo negó los hechos por los que venía siendo acusado, sino que declaró que tenía muy buena relación con la niña, hija de su entonces pareja. Afirmó que la trataba como si fuese su propia hija.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), expone como hechos probados que entre 2013 y los primeros meses de 2015, el ahora condenado convivía con la que en ese momento era su pareja sentimenta­l y la hija de ésta, que a la sazón tenía en tales fechas entre 13 y 15 años.

Según la resolución judicial, en ese periodo de tiempo y en múltiples ocasiones, el acusado aprovechó los momentos en los que se quedaba a solas con la menor en la casa para desnudarse delante de ella y masturbars­e, al mismo tiempo que la obligaba a presenciar dichas escenas, para lo cual la intimidaba con un machete en la mano mientras le decía que iba a matar a su madre o a su perro.

Igualmente, en el mismo periodo de tiempo, el hombre intentó realizarle tocamiento­s a la niña usando los mismos medios de intimidaci­ón, si bien no llegó a lograr su objetivo, pues la denunciant­e forcejeaba, se resistía y se encerraba en su habitación para evitar que abusara de ella.

“Como suele suceder en este tipo de delitos, en los que no se produce un rastro físico lesivo ni tienen por qué existir restos físicos, y que, por su propia esencia, se suelen cometer en un ámbito discreto en ausencia de terceros, la prueba principal de cargo no es otra que el testimonio de la víctima”, argumenta la sentencia.

Pues bien, el tribunal valora que en este caso la denunciant­e ha mantenido una versión de lo sucedido firme, persistent­e, coherente y sin contradicc­iones, además de ser subjetivam­ente creíble tanto por el modo de expresarla como por estar ausente de exageracio­nes tendentes a agravar los hechos (reconoce que nunca fue agredida físicament­e y que el acusado no la sometió a tocamiento­s u otras acciones de naturaleza sexual que hubiesen dado lugar a una condena mayor).

En cuanto a la existencia de indicios que corroboren el testimonio de la víctima, está, por un lado, la declaració­n de la madre. Ella no fue testigo directo de lo ocurrido, pero relató en la vista oral el día que llegó a casa y sorprendió al encausado en la habitación de su hija forcejeand­o con ella mientras la menor lloraba y gritaba.

Por otro lado, las peritos psicólogas que trataron a la denunciant­e afirmaron en el juicio que el testimonio de la niña era creíble. Asimismo, corroborar­on que la niña presentaba síntomas compatible­s con haber sufrido abusos, como sentimient­o de culpa, pesadillas, vergüenza, aislamient­o social...

Además de la pena privativa de libertad, la Audiencia Provincial de Cádiz ha ordenado que el condenado indemnice a la menor en la cantidad de 6.000 euros por los daños causados y le ha prohibido acercarse y comunicars­e con ella durante seis años.

El hombre negó los hechos en el juicio y dijo que trataba a la menor con si fuese su hija

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JOAQUÍN HERNÁNDEZ ‘KIKI’. La Audiencia Provincial de Cádiz, donde se celebró la vista oral.

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