DE LOS FONDOS DE RECUPERACIÓN EUROPEOS
Fundación Europea para la Innovación y Universidad de Granada vista de los datos que hemos expuesto anteriormente, la respuesta es fácil: evidentemente no; lo que nos lleva a hablar de modernizar todas las administraciones públicas. Y esto debe hacerse teniendo en cuanta que debemos de estar muy vigilantes contra la corrupción porque, como mínimo desde 2005, tenemos un continuo de investigaciones judiciales contra actividades delictivas de cohecho, malversación de caudales públicos, prevaricación, tráfico de inf luencias, etc. Esto ha condicionado enormemente la evolución de la contratación y procedimientos administrativos, pero, por el contrario, no impidió que nuevos casos surgieran.
El Gobierno español ha comenzado a dar pasos en la dirección de coordinar todo el plan con el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Una herramienta fundamental para agilizar la tramitación de los proyectos y un mensaje a la Comisión de que España había puesto la alta velocidad para ejecutar los fondos Next Generation. El RDL pretende mejorar la eficiencia de la contratación pública para impulsar la recuperación y hacer frente a futuras crisis. Potencia nuevamente la figura de agencia pública para la gestión de fondos. Establece la programación por objetivos, evaluables y cuantificables, algo realmente novedoso. La norma contempla diversas fórmulas de colaboración público-privada, basada en la tesis de que el sector público puede ser también un impulsor de la innovación en colaboración con el privado, como señala Mariana Mazzucato. Entre las formulas más novedosa, destacan los Proyectos Estratégicos para Recuperación y Transformación Económica (Perte) declarados así por acuerdo del Consejo de Ministros. Proyectos a los que se presupone gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad de la economía del país. Los criterios a valorar para declarar un Perte son, entre otros, sus efectos positivos en el mercado interior y la sociedad; la combinación de conocimientos, experiencias y recursos financieros y actores económicos; su carácter innovador en términos de I+D+i; su tamaño particularmente grande o que suponga un nivel de riesgo tecnológico o financiero muy elevado; la integración de la pymes, y que contribuya de forma concreta e identificable a unos o varios de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Otros instrumentos de colaboración pública-privada que se contemplan son los consorcios con personalidad jurídica propia y diferenciada. Las sociedades de economía mixta, figura de gran tradición en el mundo local para la gestión de servicios básicos, en cuyo accionariado participa mayoritariamente la Administración por sí o por medio de una entidad pública en concurrencia con capital privado.
Y hay muchas preguntas aún sin resolver, pero algunas muy de sentido común: ¿llegará a la ciudadanía estos fondos para mejorar su situación económica? Y, en caso afirmativo, ¿cómo? Y ¿serán fondos en los que los grandes beneficiados serán las grandes empresas? ¿O las pymes también accederán en las mismas condiciones?
Un primer paso para no volver a estrellarnos con las rocas de la ineficacia, con los tristes porcentajes de ejecución presupuestaria que recordamos más arriba. Esperamos con ilusión los siguientes.