El TUE tumba la deducción del impuesto a los depósitos a los bancos del sur
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha declarado contraria al Derecho comunitario la deducción general de 200.000 euros que Andalucía aplica a las entidades financieras con domicilio social en dicha cComunidad en el pago del impuesto sobre depósitos de clientes (Ideca).
El tribunal con sede en Luxemburgo ha dado así la razón al banco portugués Novo Banco, que llegó hasta el Tribunal Supremo en su litigio contra la Junta de Andalucía con respecto a este gravamen. El Alto Tribunal español consideró que las alegaciones de la entidad podían tener fundamento y remitió una cuestión
El Tribunal de la UE da la razón a Novo Banco, que recurrió por discriminación
prejudicial a la Justicia europea. Novo Banco considera, por una parte, que las deducciones generales que regulan el Ideca son contrarias a la legislación europea porque “establecen una diferencia de trato injustificada entre entidades de crédito”. Además, el banco portugués defiende que este impuesto, que considera indirecto, es incompatible con la directiva del IVA.
Con respecto a la deducción de 200.000 euros que Andalucía aplica a la cuota íntegra del Ideca a entidades cuya sede central está en la comunidad autónoma, el TUE declara que es contraria a la libertad de establecimiento consagrada en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.