Una juez considera una “entelequia” tratar de definir el consentimiento sexual
La juez de instrucción de la Audiencia Nacional María Tardón calificó de “entelequia” la intención de incluir en la nueva Ley de Libertades Sexuales –conocida como la del sólo sí es sí– una definición de consentimiento sexual. Lo ve “imposible” ya que, según explicó, dos personas pueden expresar de “infinitas”
formas que quieren continuar con este tipo de interacción.
La titular del Juzgado Central de Instrucción 3 se mostró a favor de que el anteproyecto de la Ley Integral de Garantías de la Libertad Sexual plantee la absorción del delito de abusos sexuales en el de agresión sexual. “Creo que, efectivamente, la distinción entre agresión y abuso, quizás, no debería ser tan acusada como ahora”, afirmó Tardón incidiendo en que “la falta de consentimiento es agresión” y eso es lo que, a su juicio, se debe de “perseguir”.
Tardón, que cuenta con reconocida experiencia en materia de violencia de género, señaló que “desde muchos ámbitos jurídicos” ya se venía apostando por la revisión de esa distinción “tan clara” que actualmente existe entre ambos delitos. “Muchas veces, cuando calificas un comportamiento de abuso y no de agresión, a la víctima le da la sensación de que ha sido menos agredida”, apostilló.
Así, Tardón consideró que una determinada conducta que sí ha sido obtenida sin consentimiento debe configurarse como agresión sexual y no como un abuso. En cualquier caso, recordó que el delito de abuso no es “menor”, pues puede conllevar penas de hasta 12 años de cárcel si se comete con acceso carnal, y que se agrava si la víctima sea menor de 16 años.