El TSJA no puede asesorar al Gobierno andaluz sobre el fin del estado de alarma
Juanma Moreno sólo se plantea pedir la excepcionalidad constitucional para Andalucía si los contagios fueran "alarmantes"
los recursos ante el TSJA no lograron salir adelante como, por ejemplo, sí ocurrió en el País Vasco.
La base legal con la que la Junta cuenta desde el 9 de mayo es la que se deriva de la Ley General de Sanidad de 1986 y de los acuerdos del Consejo Interterritorial, que son de obligado cumplimiento, pero sus decretos no pueden afectar a principios constitucionales.
El presidente de la Junta, Juanma Moreno, sí tiene la capacidad para solicitar la declaración del estado de alarma en su territorio, pero tendría que ser aprobado por el Congreso. En declaraciones a los periodistas, Moreno explicó en el Parlamento andaluz que sólo lo haría en caso de que el contagio fuese “alarmante”. Lo que se espera es que la cuarta ola siga bajando, aunque de un modo muy lento, mientras que aumenta la población inmunizada por vacunas.
Moreno consideró “imperdonable” que el Gobierno central aún no haya puesto sobre la mesa una “alternativa normativa o jurídica” que diera seguridad jurídica a las comunidades autónomas. Lamentó esta situación
El perimetraje sólo podrá afectar a distritos sanitarios y no habrá límites horarios
y apuntó que habrá que esperar a ver qué quiere hacer el Gobierno central. En cualquier caso, insistió en que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, debería convocar de manera urgente una Conferencia de Presidentes para que se pudiera debatir sobre todos estos asuntos.
Advirtió de que si el Gobierno central decide no hacer “nada”, la Junta de Andalucía, con los instrumentos que tiene en sus manos desde el punto de vista normativo, tomará las decisiones que considere que sean necesarias y oportunas para frenar el Covid. Pero el presidente reclacó que ahora “lo importante es saber qué quiere hacer el Gobierno central, porque la pandemia no entiende de territorios”.