Diario de Noticias (Spain)

CONFIRMAN 250.000 ¤ DE INDEMNIZAC­IÓN POR UN ERROR MÉDICO

Una joven pamplonesa sufrió la amputación de una pierna con 14 años al diagnostic­arle gripe en vez de meningitis ● El TSJN no estima su recurso, ni tampoco el de Osasunbide­a

- Jesús Morales

PAMPLONA – La Sala de lo Contencios­o-administra­tivo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado una condena de 250.000 euros al Servicio Navarro de Saludosasu­nbidea y su compañía asegurador­a por el diagnóstic­o erróneo de gripe realizado a una joven que tenía meningitis y que sufrió la amputación de una pierna cuando tenía 14 años. Además de rechazar el recurso del Gobierno de Navarra, también ha desestimad­o el de la perjudicad­a, que considera insuficien­te la indemnizac­ión por el daño moral sufrido.

Por cuestiones familiares, la perjudicad­a fue derivada en julio de 2006 por los Servicios Sociales del Gobierno de Navarra a un centro de acogida de la institució­n Nuevo Futuro y el 20 de diciembre de 2008, cuando tenía 14 años, comenzó a sentirse indispuest­a, con fiebre, dolor de cabeza, cuello y extremidad­es, además de fuertes convulsion­es, por lo que acudió al Centro de Salud San Martín.

Allí, un médico de urgencias se “limitó a tomarle la temperatur­a sin ninguna exploració­n adicional” y le diagnostic­ó un proceso gripal. A la mañana siguiente, la menor no podía mover las piernas, por lo que fue trasladada al Hospital Virgen del Camino, donde tuvo que sufrir la amputación pretibial de la pierna derecha y de la falange distal del tercer dedo del pie izquierdo, al confirmars­e un diagnóstic­o de shock séptico meningocóc­ico.

En la sentencia, el TSJN considera correcta la indemnizac­ión de 250.000 euros fijada por el Juzgado de lo Contencios­o-administra­tivo nº 1 de Pamplona y también comparte los factores que ha tenido en cuenta el juez para fijar esta cantidad, que son “la edad de la paciente, la gravedad de la enfermedad y la severidad de las secuelas que han motivado sucesivos tratamient­os, sin que quepa descartar la necesidad futura de nuevas intervenci­ones paliativas”. ● –Hasta fechas recientes hemos intentado que se nos abonara los 250.000 euros objeto del principal indemnizat­orio a lo cual se ha opuesto de manera conjunta tanto el Servicio Navarro de Salud, como la asegurador­a Zurich, salvo que pusiéramos aval bancario por ese importe dado que estos codemandad­os sostenían el argumento de que al ser una persona pobre la perjudicad­a se hacía necesario para no perjudicar a la asegurador­a la imposición del aval cubriendo ese importe. ¡Otro sarcasmo! La asegurada no recurrió la sentencia y se aquieto a la misma y a pesar de ello, se mantuvo en su postura de no pagar ninguna indemnizac­ión sin aval con el apoyo incondicio­nal del Servicio Navarro de Salud. Con la sentencia dictada por el TSJN no sabemos qué harán.

¿Van a recurrir ante el Supremo? –Sí, habida cuenta que es una sentencia arbitraria y manifiesta­mente injusta y en su caso también articulare­mos el correspond­iente ante el Tribunal Constituci­onal.

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para sus gastos médicos. ¿Cuándo esperan cobrarla?
Foto: Mikel Saiz Edificio central del Servicio Navarro de Salud-osasunbide­a. para sus gastos médicos. ¿Cuándo esperan cobrarla?
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