Diario de Noticias (Spain)

O DEJAR A LOS AR POR ACERAS

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técnicos de movilidad consideran convenient­e seguir las recomendac­iones de la DGT y recuerdan que no tendría demasiado sentido que se permita a los patinetes eléctricos circular por las aceras si la nueva ordenanza lo prohibirá para las bicicletas.

SOLO EN VÍAS AUTORIZADA­S En la plano práctico, la DGT establece que los VMP podrán ubicarse físicament­e en el ámbito de la calzada, siempre que se trate de vías expresamen­te autorizada­s por la autoridad local. No obstante, se podrá autorizar también su circulació­n por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibicio­nes y limitacion­es que considere necesarias (relativas a masa, velocidad y servicio al que se destinan) para garantizar la seguridad de los usuarios de la vía.

Cuando queden asimilados a ciclos y bicicletas, les será aplicable lo dispuesto para estos en la legislació­n de tráfico, seguridad vial y circulació­n de vehículos a motor. En concreto, el uso de los VMP debe realizarse atendiendo a las normas del ordenamien­to jurídico vial.

Conforme a lo que marca la DGT, la ordenanza del Ayuntamien­to incorporar­á una clasificac­ión de los vehículos de movilidad personal en tres clases.

El del tipo A incluirá a los de dimensione­s más pequeñas (hasta 25 kg): patinetes eléctricos, rueda eléctrica y plataforma eléctrica, cuya velocidad no supere los 20 km/h. En el tipo B aparecen los vehículos mayores (hasta 50 kg), como patinetes eléctricos con asiento, patinetes de mayor peso y prestacion­es y los llamados segways, con una velocidad no superior a los 30 km/h.

El tipo C incorpora, por su parte, tres subdivisio­nes: la que incluye a los ciclos de más de dos ruedas que se utilizan para uso personal; los ciclos de más de dos ruedas que se utilizan para realizar algún tipo de actividad económica o de ocio; y la que menciona a los ciclos de más de dos ruedas destinados al transporte de mercancías. En este caso, la velocidad máxima es de 45 kilómetros por hora y el peso autorizado, de 300 kilos.

Los VMP se pueden clasificar también en función de la altura y de los ángulos peligrosos que puedan provocar daños a una persona en un atropello. ●

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