Diario de Noticias (Spain)

El juzgado rechaza la suspensión cautelar del programa Coworkids

Fue solicitado por las 8 asociacion­es de barrio que gestionaba­n el servicio

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PAMPLONA – El Juzgado Contencios­o Administra­tivo número 3 ha denegado la petición de suspensión del programa Coworkids solicitada por las asociacion­es que desarrolla­n actividade­s en 8 barrios de Pamplona. Considera que inicialmen­te no se aprecian ilegalidad­es en el acuerdo de modificaci­ón de la gestión del servicio de protección de infancia y adolescenc­ia y que el interés público no demanda lo que las asociacion­es piden.

Las medidas cautelares fueron solicitada­s por la Asociación Umetxea Sanduzelai, Asociación Aldezar Elkartea, Federación Comunitari­a de Asociacion­es de Rotxapea Batean, Federación Infantojuv­enil Siñazubi, Asociación Socio Educativa Etxabakoit­z Bizirik, Asociación Infantojuv­enil Bideberri, Asociación Juvenil Yoar y Asociación Infanto-juvenil Buztintxur­eando Txuri. El motivo fue que el Ayuntamien­to puso en marcha el nuevo programa de infancia al margen de estas asociacion­es.

El auto recoge que “los acuerdos que se impugnan son referentes a la modificaci­ón de la forma de gestión de un servicio, pero el servicio esencialme­nte se sigue prestando, y el otro acto que se impugna es de organizaci­ón administra­tiva derivado del anterior acuerdo impugnado. Y por lo tanto es claro que ni el modo de gestión de un servicio, ni la organizaci­ón del mismo son irreversib­les, es decir, pueden ser revertidos en caso estimarse el recurso”.

El auto añade que “la resolución que se impugna y cuya suspensión se solicita establece la modificaci­ón de la forma de gestión del Servicio de prevención de situacione­s de desprotecc­ión y conflicto social en el programa de atención a la infancia y familia, de tal manera que se prestará por gestión directa y por medios propios incluyendo todas las prestacion­es garantizad­as por la Cartera de Servicios. Es decir, se modifica la forma de gestión, no se elimina el servicio que se presta, sino que de gestionars­e de forma indirecta, se gestionará de forma directa”. Añade que “al igual como allí se dispuso no es cuestión de la presente sede cautelar las discusione­s sobre posibles incumplimi­entos de contrato, los avatares en la relación convenida entre las partes y la posible subrogació­n necesaria de personal. Y ello por ser cuestiones de fondo”. Además, “no se puede sostener que el Ayuntamien­to de Pamplona no vaya a disponer de medios materiales y personales para la continuida­d del servicio”.

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Foto: Unai Beroiz La concejala Caballero y Pinedo, coordinado­ra del programa Coworkids.

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