Diario de Noticias (Spain)

Los centros deben reservar en 1º de Infantil 2 plazas por aula para alumnado desfavorec­ido

Esa reserva también se aplicará en 1º de ESO y 1º de Bachiller, y en el resto variará en función de un indicador que mide la presencia de estos escolares en cada centro

- María Olazarán

PAMPLONA – Todos los centros educativos de Navarra deberán reservar dos plazas por cada unidad escolar en 1º de Infantil (3 años), 1º de ESO y 1º de Bachillera­to para la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. En el resto de cursos la reserva dependerá de las vacantes existentes que estarán determinad­as por el índice de escolariza­ción de dicho alumnado en cada centro.

En el proceso de admisión de 3 años, la reserva de plazas se prolongará hasta el final del periodo de preinscrip­ción. Una vez finalizado este plazo, las plazas no cubiertas quedarán liberadas y se podrán ofertar a alumnado que no hubieran concurrido por condición de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. En el acceso a 1º de ESO y 1º de Bachillera­to, sin embargo, dicha reserva se mantendrá hasta el final del periodo de la evaluación extraordin­aria. Una vez finalizado dicho plazo, quedarán liberadas y se podrán ofertar al resto de alumnado.

En el resto de cursos se atenderá al índice de escolariza­ción del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, el cual determinar­á la naturaleza de las posibles vacantes a ofertar en cada uno de los centros de Navarra. A tal efecto, la reserva de plazas en los centros cuyo índice supere la media de su respectiva área de influencia, será exclusivam­ente para alumnado desfavorec­ido.

De modo contrario, y en atención al referido indicador, la oferta de posibles vacantes en aquellos centros cuyo índice de escolariza­ción de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se encuentre por debajo de la media de su respectiva área de influencia, se limitará exclusivam­ente a alumnado que no reúna dicha condición.

¿CÓMO SE CONSTRUYE EL ÍNDICE? La nueva normativa establece que el

Departamen­to de Educación elaborará anualmente un índice de escolariza­ción de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por centro. Un indicador que debe atender, al menos, a los siguientes aspectos: condicione­s personales de necesidad específica de apoyo educativo, desfase curricular y medidas educativas adoptadas.

El Departamen­to, a partir de los datos de la aplicación Educa y en base a una puntuación de diferentes categorías o causas por las que el alumnado es censado como con necesidade­s específica­s de apoyo educativo, realiza un sumatorio de todos estos escolares. El número obtenido se divide entre el número total de alumnos del centro y se multiplica por (-1).

En todos los estudios internacio­nales de sistemas educativos, los diferentes índices que recogen la situación socioeconó­mica del alumnado se presentan con media cero y de tal manera que los valores negativos y por debajo de la media indican situacione­s desfavorab­les para el alumnado, y los valores positivos y por encima de la media indican situacione­s favorables para el alumnado.

Por este motivo se ha construido el índice de tal manera que los centros con un índice negativo, esto es, por debajo de la media, tiene un peso mayor de este alumnado con necesidade­s específica­s de apoyo educativo escolariza­do en el centro que los centros que tienen el índice positivo, esto es, por encima de la media. ●

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