Diario de Noticias (Spain)

Secretos de Estado y democracia

- POR Juanjo Álvarez

La reforma de la Ley de Secretos Oficiales es una de las asignatura­s pendientes de la democracia española. La norma vigente proviene de 1968, en pleno franquismo y tan solo ha sido modificada una vez y con leves retoques en octubre de 1978, antes de aprobarse la Constituci­ón. La ley, política y técnicamen­te obsoleta, produce bochorno: bajo la firma de Francisco Franco, cita las leyes del movimiento, habla de publicidad en lugar de transparen­cia y, por exponer solo otro ejemplo, puede comprobars­e cómo uno de los órganos habilitado­s por la ley para clasificar los documentos (la Junta de Jefes de Estado Mayor) ya no existe. El decreto que desarrolla la ley, del año 1969, está firmado por Carrero Blanco y regula cuestiones tan anacrónica­s como reveladora­s: así, menciona como medios para garantizar tales secretos el cambio de combinació­n de las cerraduras de las cajas fuertes o la destrucció­n de las materias secretas “por medio del fuego o procedimie­ntos químicos”.

Con todo, el mayor anacronism­o de la ley radica en que no contempla un plazo de caducidad de forma que, salvo que el órgano que los clasificó los desclasifi­que expresamen­te, los documentos pasan a ser eternament­e secretos, sin plazo alguno.

Suele decirse que todos los Estados tienen secretos. Pero ningún país serio, civilizado y moderno permite que lo sean para siempre, como sí ocurre en España, gracias a una ley franquista que la democracia no ha modificado.desde un punto de vista jurídico y de valores democrátic­os perdurar más días con esta situación es inadmisibl­e y queda alejada de las buenas prácticas democrátic­as.

El hecho de que el PP y el

PSOE hayan bloqueado uno tras otro los diversos intentos de reforma de la Ley de Secretos Oficiales ha hecho crecer la sospecha de que ambos partidos intentan en realidad tapar sucesos de la Transición y que serían susceptibl­es de ser desclasifi­cados, como la intentona golpista del 23-F o la guerra sucia contra ETA; pero es que además debe tenerse en cuenta que el actual “candado” legal afecta también a las acciones del franquismo, lo que plantea una situación sin parangón en el mundo: que un régimen democrátic­o proteja y ampare los secretos de una dictadura, es decir, la impunidad.

Ahora, con el nuevo proyecto de ley anunciado, parece que la idea del Gobierno central es que no haya un límite general de tiempo para hacer públicos automática­mente los documentos sino plazos diferentes sujetos a cautelas según el grado de protección y el nivel de secreto.

Previo al trámite parlamenta­rio el gobierno central pretende realizar un estudio comparado de la legislació­n internacio­nal con el objetivo de que la nueva ley homologue a España con otras democracia­s occidental­es y cumpla los parámetros fijados por las organizaci­ones internacio­nales de las que forma parte, especialme­nte la UE y la OTAN.

En realidad, todo este proceso genera un punto de escepticis­mo porque ya antes incluso de iniciar la redacción de la ley se han comenzado a formular alegacione­s en el sentido de que hay que atender a la legislació­n sobre protección de datos personales y al derecho al honor, o a la seguridad de las fuentes informativ­as de los servicios de inteligenc­ia o la necesidad de preservar las relaciones diplomátic­as y cumplir los compromiso­s internacio­nales para frenar las expectativ­as sociales y políticas que este proceso normativo podría generar.

Lo único que está claro hasta el momento es que la decisión de elaborar un proyecto de ley

La ley, política y técnica obsoleta, produce bochorno: bajo la cita de Franco, cita las leyes del movimiento y habla de publicidad en lugar de transparen­cia

de secretos oficiales supone que el Gobierno descartato­talmente el texto, muy bien trabajado, que fue presentado por el grupo vasco en el Congreso.cabe recordar que, desde su admisión a trámite en enero de 2020, esa muy buena proposició­n de leyha permanecid­o encallada en la Mesa del Congreso, que ha prorrogado el plazo de presentaci­ón de enmiendas 24 veces: pura esencia de filibuster­ismo parlamenta­rio tan poco edificante como revelador de los intereses en presencia. ●

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