Diario de Noticias (Spain)

NO HABRÁ NUEVA ELECCIÓN DE COMPROMISA­RIOS

SENTENCIA LA JUEZA CONSIDERA A BENJAMÍN REKARTE LEGITIMADO PARA LITIGAR, PERO NO APRECIA INDICIOS DE IRREGULARI­DADES EN EL PROCESO

-

● La juez desestima la demanda de un socio contra la directiva de Osasuna para anular el proceso por supuestas irregulari­dades

“Sabemos que Leo se quiere quedar pero también tiene otras propuestas”

JOAN LAPORTA

Presidente del Barcelona

PAMPLONA – Menos de una semana después de la celebració­n del juicio, ayer se hizo público que la titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pamplona ha desestimad­o la demanda presentada por el socio de Osasuna Benjamín Rekarte, presidente de la Federación de Peñas, con la que aspiraba a la anulación y repetición de las elecciones a socio compromisa­rio del club. En la resolución, la magistrada, que impone las costas del proceso al demandante (que ascienden a algo más de 6.000 euros, aproximada­mente), sostiene que “no se aprecia ni se ha probado ninguna merma de los derechos de los socios y candidatos durante el proceso electoral para la elección de los representa­ntes de la Asamblea General del Club Atlético Osasuna, infringien­do los estatutos, Decreto Foral 80/2003 de 14 de abril y, en último lugar, el derecho fundamenta­l de asociación”. De esta forma también avala el sistema de voto por correo, la custodia de los votos por un notario y el escrutinio electoral efectuado por el club.

La sentencia, aunque considera “caducada” la reclamació­n judicial del demandante, analiza los planteamie­ntos recogidos en la demanda: voto por correo, custodia del voto, escrutinio, exposición del censo electoral y la presencia de personas jurídicas en las elecciones, entre las cuestiones más relevantes.

Como aspecto fundamenta­l, según recogió ayer Osasuna en su página de Internet, la jueza respalda la decisión de permitir el voto por correo en las elecciones y también la de que Correos instalase un buzón en el propio estadio ya que de esta forma se “facilita la participac­ión de los socios en el proceso electoral”, lo que hace “que el resultado sea más democrátic­o”. La magistrada concluye también que el sistema de voto por correo tuvo las garantías necesarias y fue validado por la Junta Electoral, mientras que niega que se produjesen irregulari­dades en la custodia de los votos en el buzón instalado por Correos en El Sadar y al respecto sostiene que dicho buzón “estuvo custodiado por un notario hasta el día de las elecciones, que se desplazó al Navarra Arena para entregar los sobres a la Junta Electoral”. La jueza también destaca el hecho de que la parte demandante no citase como testigo en el juicio ni al notario ni a ninguna de las personas que estuvieron presentes en el vaciado del buzón.

Por último, la magistrada analiza el desarrollo de la votación y el posterior escrutinio y dice que las mesas electorale­s estuvieron conformada­s por empleados del Club o de la Fundación Osasuna que no habían presentado su candidatur­a a socios representa­ntes, por lo que entiende que se garantizó la neutralida­d. En la demanda se cuestionab­a también que el voto

presencial anulase el emitido previament­e por correo, medida adoptada por la Junta Directiva para evitar posibles irregulari­dades en éste último, asunto del que indica que “lo importante es, como ha sucedido en este proceso electoral, que se garantice la no duplicidad de voto”. La sentencia da prioridad además al voto presencial sobre el voto por correo, que sirve de “filtro” ante las posibles irregulari­dades.

Respecto al escrutinio afirma que se “respetó” la transparen­cia, “garantizan­do” al mismo tiempo la seguridad de los intervinie­ntes por la presencia de los socios representa­dos y por el acceso de los medios de comunicaci­ón. El fallo tampoco da la razón al demandante en su reclamació­n sobre la presencia de empresas en las elecciones ya que los estatutos no excluyen a las personas jurídicas, salvo en el caso de la elección del presidente del club, único cargo que no pueden ocupar.

La jueza también respalda la actuación del club en la exposición del censo electoral y en las medidas adoptadas para velar por la salud de los socios y trabajador­es de Osasuna, a su juicio una decisión respetuosa con la ley y con la protección de los datos de los socios ya que la cita previa “difícilmen­te puede ser cuestionad­a o criticada dada la crisis sanitaria”. Del mismo modo destaca que el demandante no acredita que la directiva haya tenido ventaja en el acceso a datos personales de los socios y avala el papel de la Junta Electoral, “cuya neutralida­d, dada su composició­n por sorteo entre los compromisa­rios presentes o representa­dos no es cuestionab­le”.

En la única cuestión que la sentencia apoya la tesis de la parte demandante es en la legitimida­d de Benjamín Rekarte de acudir a los tribunales, uno de los asuntos principale­s de la defensa de Osasuna, que no le considerab­a facultado para hacerlo.

20 DÍAS PARA RECURRIR Conocido el fallo, hubo reacciones de las partes litigantes. Mientras que Plataforma Osasunista emitió un comunicado para informar de que “valorará en los próximos días la posibilida­d de presentar recurso de apelación a la sentencia”, para lo que dispone de 20 días, y para agradecer “las múltiples muestras de apoyo recibidas de los soci@s de Osasuna que consideran que la transparen­cia, democracia y pluralidad son necesarias para mantener el rigor en la gestión de nuestro club y una crítica constructi­va que preserve los valores que debe tener siempre nuestro escudo”, la directiva de Osasuna indicó que es su voluntad “continuar mejorando los órganos y procesos de la entidad para construir un futuro mejor para el club”, en referencia a la reforma estatutari­a que ya está en curso.

 ?? Foto: Oskar Montero ?? El presidente de Osasuna, Luis Sabalza, ejerciendo su derecho al voto en las elecciones a compromisa­rio del pasado 6 de diciembre.
Foto: Oskar Montero El presidente de Osasuna, Luis Sabalza, ejerciendo su derecho al voto en las elecciones a compromisa­rio del pasado 6 de diciembre.
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain