Diario de Noticias (Spain)

El TSJN avala los nuevos aforos y los lugares de culto se regirán por la distancia entre fieles

En iglesias y mezquitas no habrá porcentaje­s de aforo y hoy entran en vigor

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PAMPLONA – La Sala de lo Contencios­o-administra­tivo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado este jueves las medidas sanitarias contenidas en la Orden Foral 19/2021, de 1 de junio, por la que se adoptan medidas específica­s de prevención, de carácter extraordin­ario, para la Comunidad foral como consecuenc­ia de la evolución de la situación epidemioló­gica derivada de la Covid-19.

Por un lado, la Sala valora la “flexibiliz­ación” de las limitacion­es de asistencia a actos de culto respecto a la medida anteriorme­nte acordada por la Administra­ción, puesto que “prescinde de porcentaje­s sobre el aforo máximo, que no fueron ratificado­s por esta Sala, y fija como medidas de seguridad una distancia interperso­nal de 1,5 metros, junto con un límite de asistencia de 300 personas, que se justifican por la diferencia de los locales donde se practica el culto religioso y por la necesidad de evitar aglomeraci­ones de fieles, por más que se recomiende que las entradas y salidas se hagan de forma escalonada”.

BROTES EN CINCO MEZQUITAS La Administra­ción adoptó esta regulación expresa para el culto religioso porque sostiene que “es preferible adoptar estas medidas antes que fijar un aforo porcentual, dadas las diversas caracterís­ticas de los lugares donde se celebran los actos de culto, y los diversos ritos que allí se celebran”. Además, para justificar su decisión, el Gobierno de Navarra presentó al TSJN un informe en el que detallaba que se habían detectado diversos brotes en locales habilitado­s para el culto, distintos de los tradiciona­les, como Murchante, San Jorge, Caparroso, Tudela y Villafranc­a”. Asimismo, el número máximo de personas asistentes trata de garantizar un máximo gestionabl­e, tratando de minimizar los riesgos sanitarios en cada momento epidemioló­gico y tratando, igualmente, de ser coherente con los máximos establecid­os para otras actividade­s de la vida social.

En cuanto al resto de medidas, el TSJN considera todas ellas “necesarias y proporcion­adas”. La nueva orden foral de Salud, que entrará en vigor a partir de hoy, amplía hasta el 50% el aforo de las grandes y medianas superficie­s y aumenta a 15 personas los grupos de actividade­s físico-deportivas dirigidas. Asimismo, incluye otras novedades como la regulación de la ocupación en espacios exteriores de piscinas en base a los metros cuadrados por usuario, mientras que no varían los horarios y aforos de la hostelería.

La nueva norma introduce medidas sanitarias con relación al culto, cuyo aforo, en vez de por un porcentaje, quedará marcado por el criterio de la distancia entre personas. Así, se establece la obligación de mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas (equivalent­e a 2,25 metros cuadrados por persona), y con un límite máximo de aforo de 300 personas.

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