El TSJN avala los nuevos aforos y los lugares de culto se regirán por la distancia entre fieles
En iglesias y mezquitas no habrá porcentajes de aforo y hoy entran en vigor
PAMPLONA – La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado este jueves las medidas sanitarias contenidas en la Orden Foral 19/2021, de 1 de junio, por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad foral como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la Covid-19.
Por un lado, la Sala valora la “flexibilización” de las limitaciones de asistencia a actos de culto respecto a la medida anteriormente acordada por la Administración, puesto que “prescinde de porcentajes sobre el aforo máximo, que no fueron ratificados por esta Sala, y fija como medidas de seguridad una distancia interpersonal de 1,5 metros, junto con un límite de asistencia de 300 personas, que se justifican por la diferencia de los locales donde se practica el culto religioso y por la necesidad de evitar aglomeraciones de fieles, por más que se recomiende que las entradas y salidas se hagan de forma escalonada”.
BROTES EN CINCO MEZQUITAS La Administración adoptó esta regulación expresa para el culto religioso porque sostiene que “es preferible adoptar estas medidas antes que fijar un aforo porcentual, dadas las diversas características de los lugares donde se celebran los actos de culto, y los diversos ritos que allí se celebran”. Además, para justificar su decisión, el Gobierno de Navarra presentó al TSJN un informe en el que detallaba que se habían detectado diversos brotes en locales habilitados para el culto, distintos de los tradicionales, como Murchante, San Jorge, Caparroso, Tudela y Villafranca”. Asimismo, el número máximo de personas asistentes trata de garantizar un máximo gestionable, tratando de minimizar los riesgos sanitarios en cada momento epidemiológico y tratando, igualmente, de ser coherente con los máximos establecidos para otras actividades de la vida social.
En cuanto al resto de medidas, el TSJN considera todas ellas “necesarias y proporcionadas”. La nueva orden foral de Salud, que entrará en vigor a partir de hoy, amplía hasta el 50% el aforo de las grandes y medianas superficies y aumenta a 15 personas los grupos de actividades físico-deportivas dirigidas. Asimismo, incluye otras novedades como la regulación de la ocupación en espacios exteriores de piscinas en base a los metros cuadrados por usuario, mientras que no varían los horarios y aforos de la hostelería.
La nueva norma introduce medidas sanitarias con relación al culto, cuyo aforo, en vez de por un porcentaje, quedará marcado por el criterio de la distancia entre personas. Así, se establece la obligación de mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas (equivalente a 2,25 metros cuadrados por persona), y con un límite máximo de aforo de 300 personas.