Diario de Noticias (Spain)

El TSJN confirma 7 años de prisión por abusar de una sobrina de 10 años de su pareja

El acusado, de 26 años, intentó mantener relaciones sexuales con la menor

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PAMPLONA – El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una condena de 7 años de prisión y 5 de libertad vigilada, por un delito continuado de abuso sexual, a un acusado que intentó mantener, en dos ocasiones, relaciones sexuales con una sobrina de 10 años de su pareja. El procesado deberá indemnizar con 10.000 euros a la víctima, a la que no podrá acercarse ni comunicars­e con ella durante cinco años.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal reproduce los hechos probados por la Sección Primera de la Audiencia. Así, entre septiembre de 2018 y junio de 2019, el encausado convivía en una vivienda con su pareja y con la hermana de esta y su hija.

En fechas indetermin­adas, aprovechan­do que se quedaba a solas con la menor de 10 años, en unas ocasiones en el salón y en otras en la habitación de él, “le realizó tocamiento­s en la zona genital”. La sentencia dictada por la Audiencia consideró probado que el inculpado, que entonces tenía 26 años, intentó en dos ocasiones mantener relaciones sexuales con penetració­n y la segunda vez “fue sorprendid­o por su pareja”.

La defensa apeló la condena ante el TSJN, mientras que el Ministerio Fiscal y la acusación particular abogaron por la confirmaci­ón de la sentencia. En su recurso, la defensa negó la existencia de las relaciones sexuales imputadas y consideró “insuficien­te” el testimonio de la víctima.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN, por el contrario, confirma la valoración de la prueba testifical realizada por la Sección Primera de la Audiencia. Asimismo, el Tribunal descarta igualmente la existencia de una motivación espuria en las manifestac­iones de la víctima. “No se aprecia motivo espurio en la denuncia, no siendo admisible la alegación de que la declaració­n de la niña se hiciera de forma dirigida, en primer lugar por la psicóloga actuante ni, posteriorm­ente, en el acto del juicio por el Ministerio Fiscal y la acusación particular”, destaca el tribunal.

Las declaracio­nes de la víctima, añade la Sala, están en consonanci­a con el contenido del informe emitido por los médicos forenses que asistieron a la niña en el centro hospitalar­io de Tudela, así como con el dictamen pericial psicológic­o.

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Foto: Oskar Montero Exterior del Palacio de Justicia.

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