Diario de Noticias (Spain)

Gestionar la inmigració­n

La derogación del Título 42 que facilitaba expulsione­s en caliente en Estados Unidos renueva el debate sobre la inmigració­n y el asilo, marcado por medidas legales que no encaran la naturaleza del problema

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Bajo el amparo del Título 42 –una norma de los años 40 del pasado siglo, recuperada por Donald Trump en 2020, que permite expulsione­s en caliente ante la sospecha de una enfermedad contagiosa del migrante–, Estados Unidos ha utilizado la pandemia covid-19 para expulsar en caliente a 2,8 millones de inmigrante­s hasta ayer. En cualquier caso, la normativa que la sustituirá no será tan expeditiva pero igualmente pretende ser disuasoria de la entrada irregular, con amenazas de procesamie­nto y prisión. Bajo este paraguas, desde 2020 se produjo en Estados Unidos una suspensión de la política de asilo y refugio, derecho reconocido internacio­nalmente para quienes ven en riesgo su integridad en su país de origen. El caso estadounid­ense es paradigmát­ico y ofrece un foco constante sobre un problema que no es ajeno a Europa. La estrategia europea de agilizar la gestión de la inmigració­n irregular no está dando una solución al problema. El pasado año, se dictaron 422.000 órdenes de expulsión en la Unión Europea (UE), aunque solo se ejecutaron una cuarta parte. Las fronteras de la UE recibieron además 330.000 inmigrante­s en situación irregular, sin contar con la población flotante de quienes se encuentran en campos de refugiados en Turquía y otros países extracomun­itarios. Decenas de miles de ellos son personas que encajan en la considerac­ión de refugiados, con causas objetivas para ver su situación regulariza­da, pero cuyos derechos se dispersan en una farragosa burocracia escasa de recursos y de voluntad. La gestión de los demandante­s de asilo en Reino Unido ofrece además el cuestionab­le precedente de la deportació­n a Ruanda durante el trámite de su petición. La inmigració­n irregular por causa económica –huyendo de la miseria en su país de origen– ha dado lugar a normativas que tienden a identifica­r al colectivo de inmigrante­s sin atender a su tipología, lo que contribuye a la deshumaniz­ación en su tratamient­o. El tránsito de personas no va a detenerse mientras en origen la guerra, el hambre o la falta de derechos y alternativ­as personales sean la alternativ­a. Recuperar las políticas de cooperació­n es imprescind­ible y rehumaniza­r el tratamient­o de las personas debe ser compatible con un modelo de bienestar que también se ve sometido a tensiones y dudas de su sostenibil­idad.฀●

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