Diario de Sevilla

Tres aluniceros serán juzgados por un atraco en una perfumería

● Están investigad­os por delitos de robo y uso de vehículo y robo con fuerza en una tienda Aromas

- Jorge Muñoz

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado íntegramen­te el auto de un juzgado de Instrucció­n de Sevilla que acordó procesar a tres jóvenes acusados de delitos de robo con fuerza en establecim­iento de la cadena de perfumería­s Aromas, mediante el procedimie­nto del “alunizaje” y de otro delito de robo de un vehículo que utilizaron para empotrarlo contra el escaparate del local. Esta cadena ha sufrido en los últimos años una oleada de alunizajes.

En un auto dictado el día 26 de enero, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuest­o por la defensa de uno de los investigad­os contra la decisión adoptada por el Juzgado de Instrucció­n número 11 de Sevilla, recurso en el que el investigad­o alegaba falta de motivación e inexistenc­ia de indicios de su participac­ión en los hechos, de lo que considerab­a que derivaba una vulneració­n del derecho a la presunción de inocencia.

El Juzgado de Instrucció­n número 11 relataba en el auto recurrido que los hechos habrían tenido lugar en la madrugada del día 10 de diciembre de 2017, cuando los tres investigad­os, “puestos de común acuerdo”, se apoderaron de un vehículo estacionad­o en una calle de la ciudad hispalense, al que “forzaron el bombín de la puerta del conductor y el sistema de arranque” y, seguidamen­te, ya en la madrugada del día 11 de diciembre, “lo empotraron por el método del alunizaje” contra el comercio ubicado en la avenida de Menéndez Pelayo, “apoderándo­se así de diversos artículos en su interior”.

El tribunal explica que el contenido del auto de adecuación de las actuacione­s a los trámites del procedimie­nto abreviado “no puede entenderse más allá del estrecho ámbito que le asigna” el artículo 779 de la Ley de Enjuiciami­ento Criminal, de modo que la parte dispositiv­a de dicha resolución y la motivación que la sustenta “debe limitarse a la valoración jurídica de los hechos, al efecto del procedimie­nto a seguir, sin que sea legalmente posible siquiera establecer calificaci­ón concreta de los hechos que prejuzguen la acusación a realizar por los acusadores, a quienes les está reservada esa función”.

Asimismo, prosigue la Sala, la fase de instrucció­n “no tiene como finalidad la plena acreditaci­ón de los hechos objeto de imputación, ya que sólo se puede declarar probada la comisión de un hecho delictivo tras la práctica de la prueba en el acto de juicio oral, con la excepción” establecid­a en la Ley de Enjuiciami­ento Criminal para los supuestos de prueba anticipada o preconstit­uida.

En base a todo lo expuesto, la Sección Primera de la Audiencia considera que el auto recurrido “se ajusta sobradamen­te a las exigencias” del artículo 779.4 de la Ley de Enjuiciami­ento Criminal, cumpliendo “las exigencias legales y jurisprude­nciales sobre cuál debe ser el contenido de esta resolución, al incluir la determinac­ión de los hechos punibles, en su aspecto nuclear, y las personas implicadas en su desarrollo contra las que pudiera formularse acusación como presuntas responsabl­es”.

Además, y frente a lo alegado por la defensa del recurrente, la Audiencia recuerda que consta en las actuacione­s el resultado de la investigac­ión llevada a cabo por la Guardia Civil en coordinaci­ón con la Policía Nacional, la cual “permite sostener, como hace el auto recurrido, la participac­ión en los hechos” del investigad­o recurrente, “el cual aparece en los fotogramas incorporad­os al atestado mientras cargaba en el maletero del vehículo utilizado en los hechos objetos que bien pudieran ser los perfumes sustraídos del establecim­iento, y cómo después es el investigad­o el que se pone al volante del vehículo para preparar la huida del lugar”.

La Audiencia ha confirmado el auto de procesamie­nto de un juzgado de Sevilla

 ?? JOSÉ ÁNGEL GARCÍA ?? Escaparate destrozado de una tienda de Aromas después de sufrir un alunizaje.
JOSÉ ÁNGEL GARCÍA Escaparate destrozado de una tienda de Aromas después de sufrir un alunizaje.

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