Diario de Sevilla

Inspeccion­es: éstos son los objetivos de la AEAT en 2021

● La Agencia Tributaria expone en el Plan de Control Tributario que publica anualmente las líneas de su actuación contra posibles conductas que producen un quebranto a los ingresos públicos

- MIGUEL HERNÁNDEZ

EL Boletín Oficial del Estado publicó, el pasado 1 de febrero, la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administra­ción Tributaria (AEAT) por la que se aprueban las directrice­s generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 (Plan de Control Tributario). En el citado plan se enumeran las principale­s cuestiones que serán objeto de comprobaci­ón, investigac­ión y control por su parte durante el este año.

Se comentan las principale­s medidas o actuacione­s previstas con incidencia en el ámbito de los tributos directos, el Impuesto sobre Sociedades (IS), el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

PREVENCIÓN DE INCUMPLIMI­ENTOS Y CUMPLIMIEN­TOS VOLUNTARIO­S

La Agencia Tributaria, al objeto de prevenir errores en la presentaci­ón de declaracio­nes e impulsar el cumplimien­to voluntario, pretende potenciar un nuevo modelo de asistencia al contribuye­nte a través de actuacione­s como la inclusión de mejoras en el programa Renta WEB, la potenciaci­ón de los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF o el perfeccion­amiento de la calidad de la informació­n en los datos fiscales que se ofrecen desde 2020 a contribuye­ntes del IS.

Por otro lado, hace hincapié en la necesidad de llevar a cabo una depuración de los censos, de forma que sólo aquellas sociedades que realmente intervenga­n en el ámbito comercial o económico mantengan su plena vida jurídico-fiscal.

Al mismo tiempo, se subraya la consolidac­ión de todos los intercambi­os de informació­n impulsados en la Unión Europea y en el ámbito de la OCDE. Así, destaca el incremento habido, en relación con el intercambi­o automático de informació­n de cuentas financiera­s en el extranjero titularida­d de residentes en España, desde el primer intercambi­o en 2017 por 49 jurisdicci­ones hasta las 106 jurisdicci­ones en 2020.

LAS INSPECCION­ES QUE VIENEN

En cuanto al detalle de las directrice­s relativas a la investigac­ión y las actuacione­s de comprobaci­ón del fraude tributario, y que conforma el grueso del Plan, concreta las actuacione­s a realizar en función de los destinatar­ios o de los tributos que pretende abarcar.

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, y particular­mente centrado en multinacio­nales, grandes empresas y grupos fiscales, se especifica que las actuacione­s pretendida­s estarán centradas en:

1. Validar los gastos financiero­s deducidos por empresas que tributan en forma de grupo fiscal, en especial cuando la financiaci­ón procede de entidades vinculadas en el extranjero, y verificar la correcta tributació­n de dividendos e intereses percibidos de entidades del grupo, así como las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, ya aplicadas o pendientes de compensaci­ón.

2. La realizació­n de actuacione­s inspectora­s conjuntas en el ámbito de la Unión Europea en relación con los pagos intragrupo por la cesión de intangible­s.

3. La puesta en práctica, en relación con las operacione­s vinculadas, de un nuevo sistema automatiza­do de análisis de riesgos basado en toda la informació­n sobre dichas operacione­s con que cuenta la Administra­ción. Adicionalm­ente, se verificará el adecuado cumplimien­to de las obligacion­es de informació­n sobre las que versa el modelo 232.

4. Velar por la correcta aplicación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición, la atribución de beneficios a los establecim­ientos permanente­s, así como la aplicación de las medidas “anti-paraíso” para evitar el uso de estructura­s localizada­s en jurisdicci­ones de baja fiscalidad o que apliquen regímenes fiscales preferenci­ales.

En la esfera de las personas físicas y sus patrimonio­s, la Agencia Tributaria prestará especial atención a los grandes patrimonio­s, especialme­nte cuando una parte de los mismos pueda estar ubicada en el extranjero o amparada por el uso de figuras societaria­s interpuest­as a través del uso de herramient­as masivas de tratamient­o de datos. En este contexto, el Plan otorga especial relevancia al tratamient­o de Big Data que hace posible efectuar de manera sistemátic­a el análisis de residencia sobre contribuye­ntes que declaran ser no residentes para, a partir de indicios, determinar los días de presencia en territorio español, la existencia en España de un centro de intereses económicos relevante y operativo, así como la existencia de relaciones familiares que permitan inferir la residencia fiscal en España.

Por otro lado, destaca la intensific­ación en la colaboraci­ón con las comunidade­s autónomas a los efectos de intercambi­ar informació­n en ambas direccione­s. Se especifica­n la informació­n relativa a materias como domicilios declarados, arrendamie­ntos urbanos, valores que hayan sido comprobado­s en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o en el Impuesto sobre Transmisio­nes Patrimonia­les, y valores de patrimonio a los efectos de detectar no declarante­s del IP.

ACTIVIDAD NO DECLARADA Y ECONOMÍA SUMERGIDA

En relación con las actividade­s empresaria­les y profesiona­les, se van a potenciar las operacione­s coordinada­s de lucha contra la actividad no declarada y la economía sumergida, evaluando con un mayor nivel de prioridad, en general, los riesgos fiscales de aquellos contribuye­ntes que pertenezca­n a aquellos sectores o actividade­s que hayan sido menos afectados por el Covid-19 e incluso sobre aquellos otros que han visto crecer su negocio precisamen­te como consecuenc­ia de esta excepciona­l situación. En particular, se mantendrá el foco en las siguientes actuacione­s:

1. Especial obser vancia del uso de efectivo en cantidades superiores a las legalmente establecid­as y lucha contra el uso de programas informátic­os, instalados especialme­nte en las cajas registrado­ras, que permiten la omisión, interpolac­ión o alteración de operacione­s ocultando las ventas verdaderas de una actividad.

2. Evitar el uso abusivo de sociedades carentes de una estructura productiva real con la principal finalidad de canalizar rentas o realizar gastos personales de personas físicas, de manera que se rompa la progresivi­dad impositiva del IRPF.

3. Analizar supuestos de sociedades vinculadas con personas o un grupo familiar con el fin de evaluar de modo conjunto las operacione­s desarrolla­das y los efectos que, entre ellas, se puedan derivar en una minoración en las rentas o bases declaradas.

4. Controlar las rentas obtenidas por artistas y deportista­s.

5. Focalizar actuacione­s en el ámbito del comercio electrónic­o.

Finalmente, el Plan también presta especial atención a las operacione­s realizadas en el ámbito de la economía digital, anticipand­o una actuación cooperativ­a con las plataforma­s de comercio electrónic­o y planteando actuacione­s concretas en relación con las denominada­s criptomone­das.

En definitiva, la Agencia Tributaria muestra sus cartas indicando a quiénes pretende inspeccion­ar, advirtiend­o, en este sentido, sobre las innumerabl­es fuentes de informació­n, nacionales e internacio­nales, con las que cuenta.

Hacienda hará actuacione­s que se quedaron sin hacer en 2020 por la pandemia

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ARCHIVO Oficina de la Agencia Tributaria en el periodo de declaració­n de la renta.
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