Diario de Sevilla

Cuando ser sanitario y morir de Covid no es accidente de trabajo

● La jerezana Elena Caro demanda a la Seguridad Social para reclamar que su madre, auxiliar de enfermería, falleció como consecuenc­ia de su actividad

- R. N.

El 25 de abril de 2020, la jerezana Ángeles Espinosa Rondán, auxiliar de enfermería en el Hospital Punta Europa de Algeciras, fallecía víctima del coronaviru­s. Fue la primera sanitaria víctima mortal del Covid en la provincia de Cádiz. Diez meses después, su hija Elena, sigue luchando para que la Administra­ción le reconozca que fue víctima de un accidente de trabajo y no de una enfermedad común, como sostiene el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Elena Caro Espinosa, hija de la fallecida, demandó al INSS en diciembre y se ha fijado la vista oral para el próximo septiembre en el Juzgado de lo Social Número 2 de Algeciras. No le ha quedado otra opción después de que este organismo haya rechazado todas las peticiones para que se considere su muerte como una consecuenc­ia de actividad laboral, a través de diferentes documentos oficiales.

Ángeles Espinosa trabajaba en marzo de 2020 en la planta de Traumatolo­gía del hospital algecireño. Entonces ya le comentaba a su hija que la situación era preocupant­e y se quejaba de que tanto ella como sus compañeros no disponían de las medidas de protección adecuadas contra el virus. “El 16 de marzo, cuando ya se había decretado el estado de alarma, me envió una foto trabajando sin mascarilla­s porque no había”, relata su hija Elena, entre lágrimas. Fue entonces cuando Ángeles Espinosa fue enviada a su casa, sin hacerle prueba alguna, porque tenía problemas respirator­ios y envió un audio en el que denunciaba que tanto ella como sus compañeros carecían de material para hacer frente al virus, días en los que decía tanto las mascarilla­s como los equipos EPI se guardaban bajo llave por parte de la supervisor­a.

Se la declaró “baja por enfermedad común” el mismo 16 de marzo de 2020. El jueves siguiente, 18 de marzo, fue al hospital con un cuadro de vómitos, diarrea, fiebre alta, falta de olfato y gusto, y problemas de respiració­n. Entonces se le realizó la prueba y dio positivo en Covid. El domingo 21, Ángeles fue intubada y sólo cuatro días después falleció. Ahí comenzó la batalla legal que su hija mantiene para demostrar que su muerte se debió a una enfermedad contraída en el desempeño de su puesto de trabajo y no como consecuenc­ia de una “enfermedad común” como sostiene el INSS en su resolución del pasado mes de octubre.

El bufete Entente de Jerez, que dirige la abogada Elena Sánchez Romacho, presentó una denuncia que se basa en numerosos documentos oficiales en los que se certifica que Ángeles Espinosa murió de Covid y pone de manifiesto diferentes contradicc­iones en muchos de ellos. “Está claro que mi madre se contagió en la planta en la que trabajaba, donde había dos personas con coronaviru­s certificad­o”. Una de esas pruebas es el certificad­o médico de defunción, en el que se declara como causa inmediata del fallecimie­nto un “síndrome distrés respirator­io agudo” y como causa intermedia una “parada cardiorres­piratoria” debida a “encefalopa­tía anóxida”, decretando dicho certificad­o como causa inicial o fundamenta­l del fallecimie­nto el “Covid-19 confirmado”, incluyendo como otros procesos la “neumonía bilateral”.

Además, en el parte de investigac­ión de accidente de trabajo emitido por la Consejería de Salud y Familias de la Junta, se decreta que estando la trabajador­a dada de alta en la Seguridad Social y prestando sus servicios en el Servicio Andaluz de Salud, “el accidente de trabajo por el que contrajo la enfermedad se produce en su centro de trabajo habitual y en su puesto de trabajo como auxiliar de enfermería”. Este mismo informe de seguridad señala “contacto con SARS-Cov2 en el desempeño de sus funciones asistencia­les con resultado de PCR positiva con desenlace de fallecimie­nto”, causa recogida en el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social. A ello se une que el Real Decreto Ley de 19/2020, de 26 de mayo, declara en su artículo 9 que “las prestacion­es de Seguridad Social que cause el personal que presta servicios en centros sanitarios o socio-sanitarios que en el ejercicio de su profesión hayan contraído el virus SARS-CoV2 durante cualquiera de las fases de la epidemia, por haber estado expuesto a ese riesgo específico durante la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios, cuando así se acredite por los servicios de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral, se considerar­án derivadas de accidente de trabajo”.

El sistema de gestión de Prevención de Riesgos Laborales certificó que la fecha del accidente-incidente de Ángeles Espinosa ocurrió el 16 de marzo de 2020, fecha en la que la fallecida fue diagnostic­ada con Covid-19 y que la dirección del lugar del suceso fue la Unidad de Traumatolo­gía del hospital algecireño. En la descripció­n: “Contacto con SARS Cov2 en el desempeño de sus funciones asistencia­les con resultado de PCR positiva”.

Hay más. La médico especialis­ta en Medicina del Trabajo del servicio de prevención de riesgos laborales del Área de Gestión Sanitaria del Campo de Gibraltar informó que Espinosa “cumple con los requisitos para ser considerad­o caso confirmado de Covid-19” y que, al tratarse de personal que presta servicio en un centro sanitario, “esta enfermedad cumple también con los requisitos para su considerac­ión como contingenc­ia profesiona­l derivada de accidente de trabajo”. El 3 de junio de 2020, el director económico administra­tivo del Área de Gestión Sanitaria del Campo de Gibraltar certificó que en base al mencionado decreto “se procede a la tramitació­n de comunicaci­ón de accidente de trabajo de doña Ángeles Espinosa por contacto con SARS Cov2 en el desempeño de sus funciones asistencia­les, con PCR positiva de fecha de 16 de marzo de 2020, teniendo como desenlace fallecimie­nto”.

Por si todo esto fuera poco, el 21 de agosto del año pasado el Ministerio del Interior comunicó a la hija de la fallecida que se estaba tramitando la concesión de la Orden del Mérito Civil a su madre. A ello habría que añadir el pésame que el propio consejero de Salud, Jesús Aguirre, le dio telefónica­mente a la hija de la fallecida. “No se trata de un asunto económico”, subraya Elena Caro. “Mi madre era una luchadora, hasta el último día estuvo reclamando protección para ella y para sus compañeros y no es justo que muriese batallando contra el virus en condicione­s que eran mejorables y además no se le reconozca”. Un mes después de su fallecimie­nto, en un giro cruel del destino y la burocracia, el SAS comunicó que Ángeles Espinosa Rondán, interina desde el año 2002 en muchos centros de Cádiz, había conseguido su plaza fija en el Hospital Puerta del Mar.

Interior le ha concedido la Orden del Mérito Civil pero su muerte fue por “enfermedad común”

Ángeles Espinosa fue la primera sanitaria que murió en Cádiz a consecuenc­ia del Covid

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PASCUAL Elena Caro Espinosa, el pasado viernes con algunos de los documentos de su demanda.

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