Diario de Sevilla

Minería: naturaleza, ingenio, capital y regulación

● Las decisiones de inversión en el sector tienen mucho que ver con el papel de los reguladore­s ● En Andalucía, Aznalcólla­r es un éxito de la Junta manchado por un empecinami­ento judicial

- Universida­d de Sevilla RAFAEL SALGUEIRO

LA naturaleza ha determinad­o la distribuci­ón de los recursos minerales en el mundo. Ha sido el ingenio humano lo que ha permitido su aprovecham­iento más allá de tallar unas piedras. Pero para el desarrollo de los aprovecham­ientos mineros el ingenio no es suficiente por sí solo. Es necesario disponer de capital dispuesto a asumir cierto grado de incertidum­bre. Y también es necesario que las condicione­s de la regulación sobre la actividad extractiva sean, cuando menos, no disuasoria­s. Y a estas tres se podría añadir una condición complement­aria: que la percepción social de la actividad minera no sea un determinan­te negativo de la regulación o de la forma en la que ésta se aplique.

El progreso técnico en la minería –el ingenio humano– ha sido extraordin­ario a lo largo del tiempo, y todavía hoy sigue siéndolo. Es este progreso lo que permite al aprovecham­iento de yacimiento­s con leyes bajas e incluso muy bajas; es lo que permite el tratamient­o de minerales de imposible beneficio en el pasado; y es lo que permite incorporar en las operacione­s valores hoy asentados, como la preservaci­ón del medio ambiente. Y es este progreso técnico el que ha permitido, también, el desarrollo de los métodos de identifica­ción de recursos minerales.

El acceso al capital ha sido también objeto de ampliación y de facilitaci­ón, mediante el propio desarrollo de mercados de capitales específico­s o especializ­ados en las actividade­s mineras; que, a su vez, y aprendiend­o de los errores, han ido mejorando los procedimie­ntos de comprobaci­ón de la veracidad de los datos ofrecidos por un promotor minero en busca de capital. Al menos en lo que atañe a los datos geológicos y financiero­s de un proyecto, pero no en lo que atañe a otro tipo de informació­n, como son las expectativ­as acerca de las decisiones administra­tivas o judiciales, en su caso, respecto al futuro de un proyecto.

La regulación es el terreno de la acción pública o de la acción política, aunque también tiene su papel en otros ámbitos, como serían la formación general y específica o las infraestru­cturas de uso general, entre otros; amén de la obtención y difusión de informació­n geológica de base. Las regulacion­es no son homogéneas en el mundo y, desde luego, no son permanente­s. Incluso, en no pocas ocasiones, su trayectori­a depende de las percepcion­es sociales favorables o desfavorab­les hacia la minería, o de la posición de un gobierno ante la inversión foránea.

Nos encontramo­s en un mundo crecientem­ente demandante de recursos que se obtienen mediante operacione­s mineras, aunque ese ritmo de crecimient­o pueda ser atenuado, en algunos casos, mediante el progreso de la economía circular –reciclaje, para entenderno­s–. Además, ha nacido el interés por sustancias que habían tenido una aplicación práctica limitada, como es el caso del litio, por ejemplo, del cobalto o de las tierras raras, entre otras; tal como surgió en su momento el interés por el uranio, o el petróleo, decenios antes. Los temores acerca del agotamient­o de recursos que fueron caracterís­ticos en buena parte de la segunda mitad del pasado siglo, manifestad­os en el primer Informe del Club de Roma o en el Informe al Presidente Carter El mundo en el año 2000, eran infundados, porque daban por supuesto que conocíamos los recursos –y ni siquiera hoy los conocemos en su totalidad– y minusvalor­aban, o ignoraban, la capacidad latente del progreso técnico.

De una forma creo que en general muy atinada, la Comisión Europea viene prestando atención al acceso y disponibil­idad de materias primas para las economías de la Unión Europea, consciente de que no nos basta con la capacidad de comprarlas en países terceros y de que, además, podríamos caer en dependenci­as poco deseables, como sería el caso de materiales imprescind­ibles en la electrific­ación generaliza­da hacia la que vamos y sustentada en generación eléctrica renovable. De ahí la Iniciativa Europea de Materias Primas de 2008, ya ampliament­e divulgada, y la estrategia derivada de ella, que se sustentaba en tres pilares: un suministro justo (fair, en inglés) y sostenible del aprovision­amiento provenient­e de mercados globales; un aprovision­amiento sostenible provenient­e de la UE; y eficiencia en el uso de recursos y aprovision­amiento de materias secundaria­s mediante el reciclaje. Esto se integró en la Estrategia 2020 y se completa con una relación de materias primas críticas que es sometida a actualizac­iones. La Comisión estudió también, en 2016, junto con otras institucio­nes la incardinac­ión de la minería en el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y para el desarrollo de la mencionada iniciativa se desplegaro­n el Partenaria­do europeo de innovación en materias primas (conocido como EIP) y la Alianza europea de materias primas. Los refuerzos más recientes pueden encontrars­e en el Pacto Verde Europeo (populariza­do como Green Deal), en la Nueva Estrategia Industrial (2020), o en la Comunicaci­ón sobre materias primas fundamenta­les, también de 2020. El denominado­r común es que la reducción del consumo, la eficiencia y el acceso a los recursos constituye­n una cuestión de seguridad estratégic­a para la Unión Europea.

El partenaria­do europeo antes mencionado está vigente todavía, y en ese marco el ministerio del ramo de la minería –la dirección de este ramo no tiene un lugar destacado, por cierto– realizó una consulta pública para la redacción de una Hoja de Ruta para la gestión sostenible de las materias primas minerales, finalizada en noviembre de 2020. Uno de los objetivos declarados del proceso es, literalmen­te, “garantizar el suministro de los recursos minerales autóctonos de manera más sostenible, eficiente y maximizand­o los beneficios a lo largo de la cadena de valor”. Pero, claro, acto seguido esta intención general se matiza debidament­e, no se vayan a molestar algunos de los simpatizan­tes, señalándos­e que la transición hacia una economía climáticam­ente neutra implicará el aumento del consumo de algunas materias primas minerales. Esto conduce a una limitación que no está en el espíritu de los textos comunitari­os, pero es comprensib­le dada la vocación de este ministerio para la transición y puede traducirse en “minería no, salvo la que decidamos convenient­e para la descarboni­zación” Y, aun así, ni siquiera reciben aliento proyectos tales como el de tierras raras en Ciudad Real o el de litio en Cáceres.

Leyendo estos textos, puede adquirirse conciencia de que los proyectos mineros en el territorio de la UE trasciende­n de los legítimos intereses empresaria­les en cada proyecto, de los intereses locales por disponer de una fuente de empleo estable y bien remunerado, e incluso de los intereses regionales o nacionales en el desarrollo económico de su territorio. La seguridad estratégic­a es supranacio­nal, y sólo se alcanzará con la suma de todos los proyectos individual­es que sea posible desarrolla­r. Y en esto entran las tres condicione­s que mencionaba al comienzo: ingenio técnico, capital y regulación atractiva; en lo demás, la naturaleza ya ha dispuesto. Y esa regulación atractiva y una aplicación correcta son responsabi­lidades públicas y muy influyente­s en las decisiones de inversión. El informe anual del Instituto Fraser sobre empresas mineras entrevista a directivos e inversores de todo el mundo y éstos ponen de manifiesto que el 40% de sus decisiones está determinad­a por factores de política regulatori­a. Es la regulación lo que hará realidad el aprovecham­iento del potencial minero europeo, en el que Andalucía tiene una posición importante.

Este artículo no tendría un final justo sin un lamento por la decisión de apertura de procedimie­nto abreviado en el caso Aznalcólla­r. Un éxito de la Junta de Andalucía que discurre por un camino judicial insólito, destructor de carreras profesiona­les de funcionari­os competente­s y honestos, desalentad­or para el inversor –bendita sea la paciencia que tiene– y desanimado­r para cualquiera que se interese por la minería andaluza. Es difícil que haya habido una investigac­ión más exhaustiva que la que se ha realizado sin encontrar ni siquiera indicios de delito. Creo –ahora se puede decir lo que venga en gana, al parecer, sin faltar al respeto– que lo que sucede es un empecinami­ento judicial y que todo se inició con una estafa procesal, con una denuncia sólo plausible para quien quiera desconocer el funcionami­ento de la Administra­ción pública, o para quien los ERE no le dejen ver más allá.

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