Diario de Sevilla

Lime recurre la adjudicaci­ón de las licencias de patinetes eléctricos

● La denunciant­e alega que la adjudicata­ria, la UTE Reby Rides y Marutunes Gestión, acumula varios incumplimi­entos en el proceso

- M. J. G.

El alquiler de patinetes eléctricos vuelve a Sevilla con polémica. La empresa Lime ha presentado un recurso de alzada contra la adjudicaci­ón a la UTE Reby Rides y Maratunes Gestión, una de las dos selecciona­das por el Ayuntamien­to de Sevilla, tras un concurso público, para prestar este servicio y desembarca­r en la capital hasta 1.000 vehículos para empezar a operar, según las previsione­s, en primavera.

La empresa denunciant­e alega que se han infringido varias condicione­s estipulada­s en las bases del concurso, lo que anularía la legitimida­d para operar en la capital andaluza de la citada UTE, que, además, está compuesta por una empresa que lleva operando presuntame­nte sin licencia en Barcelona desde 2018. Una experienci­a que ha presentado como aval y que se ha considerad­o válida en perjuicio de otros operadores que respetan las regulacion­es, según denuncia Lime, que advierte de que Reby tiene antecedent­es que cuestionan su forma de operar.

El recurso de Lime se basa en cuatro puntos: la validez de la UTE, sus capacidade­s operaciona­les, el incumplimi­ento de la solvencia técnica y profesiona­l y la valoración discrecion­al de los puntos evaluados.

En concreto, la empresa denunciant­e argumenta que la validez de la UTE no estaba acreditada en el momento de la presentaci­ón del concurso. Exactament­e, cuando se presentó la oferta no se incluyó la distribuci­ón de la misma, la referencia al porcentaje de participac­ión de cada miembro, que es el que define la personalid­ad jurídica de la UTE. La comisión de selección del Ayuntamien­to de Sevilla permitió la subsanació­n de estos datos omitidos y que en este caso son fundamenta­les, según denuncia Lime, que, por ello, piensa que la UTE podría no haber estado correctame­nte constituid­a al cierre de plazo de la presentaci­ón de ofertas. Aunque ese porcentaje de participac­ión fue comunicado posteriorm­ente, para la denunciant­e es una circunstan­cia grave, pues violaría los principios de igualdad y publicidad aplicables a la licitación.

En el recurso se argumenta que la subsanació­n no acredita fehaciente­mente que la composició­n de la UTE tenía la distribuci­ón señalada en el momento del cierre del plazo de la presentaci­ón de ofertas. Y, por ello, esta falta de rigor hace pensar a la empresa denunciant­e que debería haber sido excluida de la selección desde el primer momento.

Otro de los pilares del recurso se refiere a las capacidade­s operaciona­les de las empresas que conforman la UTE. La razón social de la empresa local Maratunes Gestión S.L. tiene como objeto la comerciali­zación de carburante­s y combustibl­es, algo que sólo procedería para la acreditaci­ón de su solvencia, pero no para validar la capacidad de obrar. Por ello, Lime considera que la selección de la UTE debe ser anulada dado que no cumplía el requisito de capacidad, en tanto que el objeto social de Maratunes Gestión S.L. no se refiere directa ni indirectam­ente, total ni parcialmen­te, a la actividad objeto del concurso en la definición legal de su objeto social.

En tercer lugar, el recurso se refiere al cumplimien­to del requisito de solvencia técnica y profesiona­l exigido. El concurso solicitaba haber realizado un servicio de similares caracterís­ticas al que se proyecta concursar, en los tres últimos años, como mínimo, en cualquier ciudad del mundo, con al menos 1.000 patinetes eléctricos desplegado­s. Según Lime, dicha UTE no dispone de esta cantidad de vehículos en servicio en ninguna ciudad del mundo, a fecha de 9 de julio de 2020, tal y como se refleja en las plataforma­s de los ayuntamien­tos de Gijón,

Madrid o Tarrasa, en los que Reby Rides opera.

Esta circunstan­cia lleva a pensar a la denunciant­e que o bien la UTE no cumple con los requisitos de solvenci a, o bien el Ayuntamien­to de Sevilla toma como válida la presunta operativa ilegal en Barcelona, en donde Reby opera sin la necesaria licencia municipal y acumula multas derivadas de dicha ilegalidad en más de 1.500 actuacione­s del Ayuntamien­to.

Lime también ve irregulari­dades en la valoración discrecion­al de los puntos evaluados en el concurso. El recurso recoge que la adjudicaci­ón de puntos sobre las propuestas, en concreto en el sobre número 2, debe medirse mediante la aplicación de fórmulas, cifras o porcentaje­s, lo que excluye toda valoración discrecion­al. En lo que se refiere a la gestión de vehículos

Reby llevó su experienci­a a Barcelona, donde opera presuntame­nte de manera ilegal

mal estacionad­os el recurso aprecia que esto no se cumple al dar una puntuación a la UTE superior al resto al tener en cuenta una experienci­a en otras ciudades, cuando este factor no figuraba en las bases del concurso. Por ello, el recurrente aprecia una valoración subjetiva, atendiendo a una experienci­a que en ningún caso estaba estipulado que fuera causante de mayor puntuación. Además, Lime señala que la experienci­a previa no puede ser un criterio de valoración, sino de solvencia.

La UTE ha sido selecciona­da para poner en marcha su programa piloto de explotació­n de patinetes eléctricos en la ciudad durante 18 meses. En el sector, el concurso público de Sevilla tenía fama de ser el más exigente hecho hasta la fecha en Europa, y es considerad­o como el “test de resistenci­a” más riguroso.

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JOSÉ ÁNGEL GARCÍA Una usuaria de un patinete elétrico circula por el carril bici de Sevilla.

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