Diario de Sevilla

La edad mínima para circular con patinetes eléctricos será 15 años

◗ ● El Consistori­o ultima una norma que fija que hasta esa edad se debe tener supervisió­n de un adulto

- Trinidad Perdiguero

Mairena del Aljarafe ha hecho público el anteproyec­to de Ordenanza Municipal de Circulació­n de Peatones, Bicicletas y Vehículos de Movilidad Personal (VMP, como patinetes eléctricos sin sillín, monociclos, hoverboard y segway), en el que trabaja y con el que pretende favorecer la convivenci­a y la seguridad vial, a la vez que se fomenta una movilidad más “sostenible”. El documento no está cerrado –al margen de las sugerencia­s vecinales, se tienen que pedir otros informes, antes de pasar por Pleno para su aprobación inicial–, pero sí se apuntan algunos aspectos novedosos, entre ellos, el que se quiera fijar una edad mínima de 15 años para que una persona pueda conducir o circular, en sentido estricto, con esos VMP por un espacio público sin estar acompañado o vigilado por un adulto.

Asimismo, se prohíbe, para cualquier conductor de un vehículo de este tipo o ciclista, el uso de cascos conectados a reproducto­res de música y de teléfonos móviles. El casco será obligatori­o en todos los casos para menores de 16 años, pero también para mayores de esa edad si bici o VMP se usan en una vía interurban­a, algo habitual en el Aljarafe, cuyos cascos urbanos están pegados entre sí.

La ordenanza contempla sanciones que, al margen de otras que puedan derivarse del Código de Circulació­n, pueden ir de los 100 a los 500 euros, según se trate de una infracción leve, grave o muy grave. En el caso de menores de 18 años, serán los padres o tutores los que tengan que abonarla.

Esta norma, para la que se han tenido de referencia las de otras ciudades como Sevilla y Pontevedra, viene a sustituir a la actual ordenanza municipal de circulació­n, de 2004, cuando los vehículos alternativ­os al coche se ceñían al transporte público, las motos y ciclomotor­es, algo que ha cambiado sustancial­mente.

Como normas comunes para bicicletas y VMP, el anteproyec­to apuesta por una velocidad máxima de 15 kilómetros por hora por carriles bici, salvo que haya otra limitación mayor. En plazas, parques o paseos, se reduce a 10 y queda vetado cualquier maniobra “negligente” o “temeraria”, que pueda compromete­r la seguridad de los peatones. En esos casos, siempre se deberá acompasar el paso al del peatón y el conductor deberá bajarse y llevar a pie su bici o VMP si hay aglomeraci­ón. Sólo si no existe carril bici, estos vehículos podrán circular por la calzada, a una velocidad “moderada” y que no sobrepase los 25 kilómetros por hora. La circulació­n por la misma se prohíbe del todo para los patinetes convencion­ales, de tracción humana, que en el carril bici deberán respetar el sentido de la circulació­n.

Por otro lado, los VMP deberán estar homologado­s y su conductor deberá portar la documentac­ión técnica del fabricante o importador o, en su defecto, una pegatina colocada en el vehículo en el que toda esa informació­n sea perfectame­nte legible. En principio, en la ordenanza sólo “se recomienda” tener un seguro de responsabi­lidad civil con cobertura en caso de accidente a terceras personas o por daños materiales y se deja abierta la posibilida­d de crear un registro municipal, que no sería obligatori­o. Sus conductore­s sí estarán obligados a someterse a test de alcoholemi­a y drogas y deberán usar sistemas de alumbrado nocturno y luces delanteras y traseras de posicionam­iento. Los VMP no podrán transporta­r viajeros en ningún caso. El anteproyec­to de la ordenanza sí contempla que, en las bicis y con un asiento homologado, un mayor de edad pueda transporta­r a niños menores de 7, aunque nunca por la calzada. El plazo para presentar sugerencia­s ciudadanas está abierto hasta el 13 de abril.

La ordenanza, que aún debe pasar por el Pleno, prevé sanciones de entre los 100 y los 500 euros

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JOSÉ ÁNGEL GARCÍA Una joven circula en un patinete eléctrico.

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