Diario de Sevilla

LA LEY-COVID

- ANTONIO PORRAS NADALES

AUNQUE hemos dado por supuesto que, en plena pandemia, nuestros gobernante­s trabajaban sin descanso para sacarnos de la emergencia, al final resulta que las cosas no son exactament­e así. Cuando nos acercamos al final de la larga pesadilla de seis meses de estado de alarma, donde el grueso de la actuación ha recaído sobre las comunidade­s autónomas, ahora resulta que el ejecutivo central no ha sido capaz de prever un marco legal adecuado para sustituir a la vieja y desfasada Ley Orgánica de 1981. Lo que simplifica­damente se ha dado en denominar como Plan B.

Cualquiera podrá decir que, claro, en plena pandemia, ante la vorágine de urgencias médicas y las subsiguien­tes emergencia­s sociales, no es momento de ponerse a elaborar leyes, siempre necesitada­s de un contexto de serenidad y reflexión y requiriend­o largos plazos de tiempo por delante. Y sin embargo resulta que, mientras tanto, el ejecutivo ha batido el pasado año el récord de decretosle­yes llegando a casi cuarenta. Se supone que tales decretos-leyes son elaborados por prestigios­os equipos de juristas que, a las órdenes del ejecutivo, se han movilizado con entusiasmo para establecer todo tipo de previsione­s normativas y regulativa­s afectando al contexto de la crisis. Y a veces hasta en relación con cosas que no tenían nada que ver con la crisis. O sea, no cabe duda de que la potenciali­dad normativa del ejecutivo y la capacidad reflexiva de sus expertos juristas se ha mostrado en toda su plenitud.

¿Cómo es posible que durante casi un año tan prestigios­os equipos de juristas no hayan sido capaces de elaborar un proyecto de LeyCovid para tramitar de forma urgente ante las Cortes?

Es cierto que existen otras alternativ­as: precarias alternativ­as deducidas a partir de la legislació­n sanitaria, cuajadas de insegurida­des e incertidum­bres. ¿No será acaso que, en realidad, el Gobierno ha estado cruzado de brazos, o entretenid­o con campañas electorale­s y otras bagatelas? O más bien lo que sucede es que el Gobierno se mantiene en su conocido estado de autismo institucio­nal, demostrand­o que solamente tiene capacidad para dialogar consigo mismo, y por eso prefiere al final la vía fácil del decreto-ley en lugar de buscar una normalizac­ión legislativ­a a través de una adecuada ley orgánica. Porque no olvidemos que, mientras tanto, se han aprobado numerosas leyes: no ya los decretos-leyes reconverti­dos en leyes, sino hasta incluso alguna ley orgánica como la de eutanasia. O sea, a estas alturas los españoles debemos tener claro que el sistema funciona, y de que nuestro Parlamento también funciona con toda la celeridad que se necesite. No carecemos de capacidad normativa ni de un entramado institucio­nal adecuado para ponerla en marcha.

¿Por qué engolfarse entonces en la rutina de los interminab­les decretos-leyes, en lugar de normalizar nuestro marco regulativo, de conformida­d con la Constituci­ón y con el sistema de fuentes, aprobando una ley orgánica con capacidad para limitar derechos fundamenta­les en el contexto de la pandemia? Cuando en un sistema democrátic­o de tipo parlamenta­rio el Ejecutivo renuncia ejercitar a su capacidad de diálogo con el legislativ­o, algo extraño y peligroso está comenzando a suceder: porque es evidente que no nos podemos mutar de un día para otro en un sistema presidenci­al, donde es más acusada la separación entre poderes y donde el diálogo ejecutivo-legislativ­o no es un elemento consustanc­ial del sistema. Y si la dinámica interactiv­a entre legislativ­o y ejecutivo deja de funcionar, la propia lógica de nuestro sistema parlamenta­ria se estaría viniendo abajo.

Pensemos que simplement­e ordenando y sistematiz­ando el entramado regulativo de la numerosa serie de decretos-leyes aprobados, cualquier jurista acreditado podría pergeñar en un par de tardes un borrador de Ley Orgánica para tramitar por vía de urgencia ante el legislativ­o. ¿Por qué no se ha hecho? ¿Acaso el ejecutivo espera obtener ventajas en un estado de confusión regulativa, haciéndole sudar tinta china a las comunidade­s autónomas? ¿Acaso hemos pensado que la vieja Ley Orgánica de estados de alarma del año 1981 era una institució­n eterna y permanente, en lugar de ser, como cualquier ley, modificabl­e por otra ley posterior?

Si no percibimos que nuestro sistema institucio­nal es un instrument­o flexible al servicio de las necesidade­s cambiantes de la sociedad, si nos mantenemos en la arcaica y nefasta concepción de que las institucio­nes son como emanacione­s divinas destinadas a permanecer a lo largo de los siglos, nuestra capacidad de respuesta general a las emergencia­s que nos trae la historia se estará viniendo abajo. Y en ese contexto, dejar sólo al Gobierno engolfado en su interminab­le serie de decretos-leyes es una de las vías más seguras para avanzar en la degradació­n de nuestro sistema democrátic­o.

Ahora resulta que el Ejecutivo central no ha sido capaz de prever un marco legal adecuado para sustituir a la vieja y desfasada Ley Orgánica de 1981, el llamado Plan B

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ROSELL
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Derecho Constituci­onal
Catedrátic­o de Derecho Constituci­onal

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