Diario de Sevilla

El ‘sólo sí es sí’ rebaja 16 meses de cárcel a un abusador que intentó violar a un niño

● La Audiencia de Sevilla atiende la petición del propio reo y cambia la sentencia firme del Supremo

- Luis Lastra

Un abusador reincident­e a quien el Tribunal Supremo impuso ocho años de cárcel por intentar violar a un niño amigo de su propia hija es el último beneficiad­o en Sevilla por las lagunas de la ley del sólo sí es sí. El reo, sin necesidad siquiera de que su abogado actuara por él, pidió a la Audiencia Provincial que le revisara la pena a la baja y se ha salido con la suya. En vez de dejar la prisión en 2029, lo hará dieciséis meses antes porque el mismo tribunal que lo juzgó lo condena ahora a seis años, ocho meses y tres días de reclusión por el mismo delito de agresión sexual a menor de 16 años en grado de tentativa.

Así consta en una ejecutoria firmada el 23 de enero por la Sección Tercera de la Audiencia, que decide que ha lugar a revisar la pena firme que le impuso en julio de 2021 la Sala Segunda del Supremo, que a su vez apreció la atenuante analógica de anomalía psíquica y rebajó la condena inicial de nueve años que dictó la Sala sevillana en marzo de 2019. La pena ahora pasa a ser casi un año y medio más baja, como también se reduce la orden de alejamient­o, de los trece años que impuso el Supremo a once años, ocho meses y tres días. La decisión, en todo caso, no es firme.

El investigad­o, nacido en 1972, ya había sido condenado por abusos sexuales en 2006 y 2009. El tercer caso ocurrió a partir de junio de 2015. El acusado contactó a través de Instagram con la víctima, de 12 años, y empezó a llevarlo en su coche, invitarlo al cine y comprarle regalos. Además, “aprovechab­a esos momentos para obtener una mayor proximidad física” y entablar “conversaci­ones subidas de tono”. También le indujo a ocultársel­o a su madre, que “ya le había advertido que no fuera con él” porque conocía sus antecedent­es.

El intento de violación se produjo en la noche del 20 de septiembre de 2015 en un olivar en medio del campo. Tras aparcar en esa zona apartada, “se desnudó” e intentó hacer lo mismo con

El condenado, que ya era reincident­e, trató de forzar a un amigo de su propia hija

la víctima. Después “se puso encima de él” y lo besó en la boca y por el cuerpo. Cuando intentó ir a más, el joven ofreció una “fuerte resistenci­a” y salió del coche.

El acusado fue condenado por el delito de tentativa de agresión sexual recogido en el artículo 183.1 y 3 del Código Penal. Antes del último cambio normativo, la banda de pena aplicable al caso era de seis años a doce años menos un día, así que los ocho años “suponían la máxima dentro del primer tercio” de ese abanico, “que va de seis a ocho años”. Tras la aprobación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, prosigue la Audiencia, la banda pasa a ser de cinco años a diez años menos un día, de modo que “el punto superior del primer tercio de la pena no es ahora ocho años, sino seis años, ocho meses y tres días de prisión”, añade la ejecutoria.

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BELÉN VARGAS Una sala de la Audiencia de Sevilla.

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