Cárcel para el hombre que abusó de su hijastra y alegó que era impotente
● El TSJA ratifica los ocho años y medio de prisión que le impuso la Audiencia de Sevilla
La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de ocho años y medio de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso a un hombre que durante dos años abusó de la hija adolescente de su esposa. Los jueces rechazan todos los argumentos de la defensa, entre ellos que el acusado era impotente o que la víctima quería “hacerlo desaparecer de su vida” para así reanudar “libremente” la relación con su padre biológico.
En una sentencia fechada el 30 de marzo y facilitada por su oficina de prensa, el TSJA desestima el recurso de Pedro P.G. contra el fallo dictado el 13 de mayo de 2022 por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla y, además de ratificar la pena de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento, mantiene la orden de alejamiento durante diez años, y la indemnización de 10.000 euros para la víctima.
Los abusos comenzaron en noviembre de 2013, cuando Pedro P.G. tenía 44 años y su hijastra, 13. Duraron hasta julio de 2015. El hombre, según consta en la sentencia inicial, “se valió de la superioridad y confianza que le brindaba su posición de padrastro” y consiguió “crear entre ellos la apariencia de una relación sentimental” para así lograr el “consentimiento” de la joven. Empezó con besos en la mejilla, la boca y otras partes del cuerpo, después pasó a los tocamientos y a partir del verano de 2014 hubo sexo al menos en una ocasión, si bien no lo consumó “al expresar la menor el dolor que le producía”.
En su recurso, el condenado denunció que la joven sufría un “desarreglo psíquico” y refirió que, según su madre, “creía ver figuras en la casa del pueblo y tenía la sensación de ser observada por alguien”. El TSJA recuerda que la forense determinó que la víctima “no padece patología alguna indicadora de una posible fabulación en la narración de los abusos”.
La defensa aseguró en el juicio que el acusado era impotente, con lo que no podía tener ninguna relación sexual, y que su pene tenía una deformación que la víctima no fue capaz de describir. Su esposa, responde ahora el TSJA, “discrepó abiertamente acerca de la más o menos llamativa deformación del miembro viril de su marido”. Los forenses, además, “descartaron la disfunción eréctil y la incapacidad absoluta del acusado para mantener relaciones”.
El padrastro también alegó que la menor lo denunció en falso para así hacerlo desaparecer de su vida, ya que acababa de reanudar
Los peritos descartaron su supuesta disfunción eréctil y su incapacidad para tener relaciones
el contacto con su padre biológico. La defensa aportó una cadena de correos electrónicos, pero “su lectura no es precisamente favorable” a sus tesis, contestan los magistrados. De hecho, la hija responde a su padre “no es verdad” cuando este le dice “te quiero mucho” e incluso “le pide una explicación del abandono al que la sometió durante su infancia”.
Otro punto del recurso se basaba en que la madre no creyó a su hija. El TSJA la ve como “una valoración subjetiva” y menciona que su declaración en el juicio demostró el “conflicto emocional” que sufría. “No puede decantarse por una de las versiones sin defraudar las expectativas o de su hija o de su marido, que a la vez es el padre de su otra hija”, explica la Sala, que también define la declaración de la menor como “seria y persistente” y “apoyada por indicios de indudable valor”.