Justicia debe indemnizar a una madre por el asesinato de su hija
El TSJ de Murcia estima el recurso de la progenitora que presentó a la comisión de ayuda a víctimas de delitos violentos
MURCIA.- El Ministerio de Justicia deberá indemnizar, en la cuantía que considere procedente, a la madre de una mujer de 35 años que fue asesinada de varias puñaladas por su vecino en una vivienda de la localidad murciana de Torre Pacheco, en junio de 2016.
Así lo se dispone en la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, a la que ha tenido acceso la agencia EFE.
El alto tribunal estima así el recurso que la madre presentó contra la resolución de la Comisión Nacional de Ayuda y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos, que rechazó su solicitud al declarar que no había demostrado que conviviera con la víctima del crimen ni que dependiera económicamente de ella.
En cuanto a que conviviera con la víctima del crimen, la Sala dice que ese requisito no es exigible, ya que, por razones personales, es perfectamente aceptable que madre e hija vivieran en domicilios distintos.
Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia
Respecto al hecho de que dependiera económicamente de la mujer asesinada, tal cuestión quedó recogida en la sentencia que condenó al acusado del asesinato emitida por la Audiencia Provincial de Murcia.
El tribunal de la Audiencia Provincial de Murcia no solo demostró que dependía económicamente, sino que incluso condenó a que fuera indemnizada con 180.000 euros, de los que en el año 2020 sólo se le habían abonado unos 5.000 euros.
La sentencia condenatoria por el crimen, dictada en noviembre de 2018 tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, declaró probado que el asesinato se produjo cuando el procesado, armado con un cuchillo de grandes dimensiones, saltó la tapia que separaba los patios de su vivienda y el de su vecina y le asestó varias puñaladas que causaron su muerte de forma casi inmediata.
El tribunal lo condenó, como autor de un delito de asesinato y otro de allanamiento de morada, a 17 años, diez meses y quince días de prisión. ●