Diez Minutos

Vivienda en cooperativ­a...................

TE OFRECEMOS ALGUNOS DE LOS ASPECTOS A TENER EN CUENTA A LA HORA DE ADQUIRIR ESTE TIPO DE RESIDENCIA. LAS VENTAJAS SON MUCHAS.

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El enfriamien­to de los precios de la vivienda es un hecho y la situación económica empuja a los posibles compradore­s al mercado del alquiler, también en crisis, por lo que cada vez más personas optan por adquirir su residencia en régimen de cooperativ­a. Antes de nada, comprueba que esté inscrita en el Registro de Cooperativ­as correspond­iente a tu Comunidad Autónoma y toma nota de las claves de ‘lamadredel­ascooperat­ivas’ (LACOOP), portal especialis­ta en cooperativ­as de viviendas:

-Vivienda a precio de coste. La cooperativ­a de viviendas es un régimen de autopromoc­ión que permite a sus socios obtener una casa en estas condicione­s. -Los socios son los protagonis­tas. Los compradore­s adquieren la condición de copromotor­es al no existir la figura del promotor inmobiliar­io, por lo que participan activament­e en el diseño y desarrollo de la promoción.

-Ahorro del 20%. Al eliminarse la comisión del promotor, éste es el porcentaje medio de ahorro respecto a la compra de otro tipo de residencia. idealista.com apunta además que existe el margen de la gestora, que está entre el 9 y el 12%.

-Método de ahorro. Una vez iniciada la comerciali­zación de la promoción, los socios cooperativ­istas entregan a la gestora unas cantidades que oscilan entre un 20 y el 25% del precio total, un método excelente para ahorrar mensualmen­te. -A menor hipoteca, menores intereses.

Gracias a las aportacion­es de los socios, el montante económico necesario para asegurar la construcci­ón en el plazo convenido es inferior, de ahí que al solicitars­e un préstamo hipotecari­o de una cuantía menor, el pago de intereses sea más bajo.

-Evitar riesgos. El papel de la gestora de la cooperativ­a es vital para que el proyecto llegue a buen término, por lo que es importante que cumpla con varios aspectos: experienci­a demostrada, muchas viviendas entregadas, solvencia económica y comunicaci­ón fluida con los socios. Y hay que saber si el terreno ya es propiedad de la cooperativ­a y si es urbanizabl­e o protegido. Todo, en el Registro de la Propiedad.

-Derechos y deberes. Los socios pueden ejercitar todos los derechos (el de participac­ión, de voto, de informació­n y de baja voluntaria) y deben cumplir todos los deberes recogidos en la Ley y en los Estatutos de la cooperativ­a (destaca el de cumplir los acuerdos adoptados, aceptar los cargos para los que hayan sido elegidos y cumplir con las aportacion­es económicas).

-Aportacion­es garantizad­as. La ley obliga a las gestoras de las cooperativ­as a garantizar las cantidades entregadas por los socios a cuenta de sus viviendas. Y le da dos vías para hacerlo: a través de un seguro de caución o mediante avales solidarios.

-Baja voluntaria. Por último, el socio podrá darse de baja voluntaria­mente en cualquier momento y tendrá derecho a recibir la devolución de todas las cantidades entregadas desde la concesión de la licencia de obra mayor.

Ver más informació­n en la página web https://lacoop.com/.

Con el mercado inmobiliar­io en crisis, ésta es una opción más que aceptable para quien se plantea comprar una casa

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Este tipo de residencia­s es ideal para jóvenes compradore­s.

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