El TSJA recibe los informes sobre el caso del hotel El Algarrobico
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha acordado remitir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) todas las resoluciones e informes dictadas desde el 20 de julio de 2020 relativas a la sentencia que declaró como área ambientalmente protegida y no urbanizable de la zona donde se ubica el hotel El Algarrobico, en Carboneras (Almería).
En un auto, la Sala del TS acuerda la remisión de dichas resoluciones, así como de todos los informes originales que han recibido por parte de las administraciones, a las que comunica que a partir de ahora deberán enviar los informes mensuales sobre la ejecución de la sentencia a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA.
El Alto Tribunal recuerda que el 10 de febrero de 2016 se dictó una sentencia que estimó los recursos de casación de Greenpeace España y la Junta de Andalucía contra un fallo del TSJA, estimando que la zonificación correcta de El Algarrobico no era la D2 (área urbanizable carente de interés ambiental protegido), sino la C1 (área ambientalmente protegida), como había señalado anteriormente el propio tribunal andaluz.
El 4 de marzo de 2016, el Supremo ordenó que se diese testimonio de la sentencia a la Sala de instancia al objeto de que la misma fuera “llevada a puro y debido efecto”.
El TS apunta que el 20 de julio del año pasado Greenpeace España puso de manifiesto que numerosas sentencias han declarado la ilegalidad del hotel, sin que esas resoluciones judiciales firmes hayan tenido efecto práctico sobre esa obra inacabada.