‘Quo Vadis’: el principio de empresa en funcionamiento
Es el título de una conocida película, basada en el libro del escritor polaco Henry Sienkiewicz, premio Nobel de literatura en 1905. La pregunta se la hizo San Pedro a Jesucristo, cuando este se le apareció en la Vía Apia en el momento en que San Pedro huía de la persecución iniciada por Nerón a los cristianos tras el incendio de Roma. Tras la aparición, San Pedro volvió hacia Roma para padecer su martirio.
¿A dónde vas? Es sin duda la pregunta que se hacen los inversores sobre aquellas empresas de los sectores que más se han visto afectados por la pandemia.
Cuando se analizan los Estados Financieros de una compañía, una de las principales referencias respecto a la evolución futura se encuentra en los desgloses relativos a la aplicación del principio de “empresa en funcionamiento going concern”. El principio de “empresa en funcionamiento” (IAS 1 p.23 y 24) obliga a los administradores de una compañía a evaluar la capacidad que tiene la entidad para continuar en funcionamiento durante los próximos doce meses.
En un documento publicado por el IASB en enero de 2021 se detalla el desglose que tienen que poner las compañías sobre la aplicación de dicho principio. Hay cuatro posibles escenarios en función del riesgo destacando el tercer y el cuarto escenario.
El tercer escenario es el de aquellas compañías, en las que los gestores han concluido que pueden seguir aplicando el principio de “empresa en funcionamiento”, pero existen incertidumbres materiales sobre determinadas condiciones que pueden llevar a generar dudas sobre la aplicación del principio a futuro. En dicho supuesto las compañías tienen que presentar un desglose sobre los juicios y estimaciones realizados y cuáles son esas incertidumbres materiales, lo que implica explicar bajo qué escenarios la empresa podría en los próximos doce meses entrar en una situación de riesgo sobre su continuidad. Dicha situación debe además ser mencionada en la opinión de Auditoría.
En el cuarto escenario, los administradores ya han concluido que el principio de empresa en funcionamiento no se puede aplicar, ya que la compañía no tiene alternativas realistas para seguir gestionando sus negocios y debe entrar en proceso de liquidación.
Una de las industrias más afectadas por la pandemia es la de las líneas aéreas. Revisando las notas sobre la aplicación de este principio en las tres primeras compañías aéreas europeas de bandera, IAG, Lufthansa y Air France KLM, podemos concluir que los juicios de los administradores no son los mismos en todos los casos.
Las tres presentan desgloses similares centrados en la descripción de la situación de liquidez a 31 de diciembre de 2020, descripción del impacto que la pandemia ha tenido en las actividades de la compañía, medidas mitigantes que han adoptado para la continuación de las operaciones y un análisis de los escenarios sobre la evolución de los próximos 12 meses, asumiendo un caso base y un escenario pesimista, relacionado con la recuperación o no del tráfico del segundo semestre.
Mientras que los administradores y los auditores de Lufthansa consideran que aún en el escenario pesimista la compañía podría seguir funcionando por las medidas mitigantes que tienen aseguradas, los administradores