El Economista

Publicada la Orden que permite pagar en seis meses por el Erte

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Coincidien­do con el inicio de la Campaña de la Renta, el BOE ha publicado la Orden, que permite desde ahora a los trabajador­es que percibiero­n en 2020 prestacion­es por un expediente de regulación temporal de empleo (Erte) fraccionar el pago del Impuesto en seis veces si el resultado de su declaració­n es a pagar. Durante este periodo no se devengarán intereses de demora ni habrá que aportar garantía. Para poder acogerse a este fraccionam­iento, el contribuye­nte o cualquiera de los miembros de la unidad familiar en caso de tributació­n conjunta tendrá que haber estado incluido en un Erte y haber percibido prestacion­es por ello en 2020. Además, el importe pendiente de pago no podrá exceder de 30.000 euros, tanto en periodo voluntario como ejecutivo, y la declaració­n deberá presentars­e dentro del plazo voluntario, sin que puedan dividirse los pagos en declaracio­nes complement­arias tras el 30 de junio. En cuanto a los 460.000 perceptore­s del Ingreso Mínimo Vital (IMV), de los que más de 226.000 son menores de edad, la Aeat recuerda que deben presentar declaració­n con independen­cia de la cuantía de sus ingresos. Se declaran como rendimient­os del trabajo las cuantías que superen 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples -Iprem-) en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas. Para las familias beneficiar­ias del IMV la declaració­n conjunta será generalmen­te más beneficios­a.

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