El Economista

La rebaja del mínimo personal en Cataluña está en vigor

- X. G. P. MADRID.

Cataluña es la única comunidad autónoma que ha adoptado medidas para evitar una mayor tributació­n de las personas que han percibido Erte en 2020, pero la medida está recurrida por el Gobierno ante el Tribunal Constituci­onal, al considerar que subir el mínimo personal y familiar del contribuye­nte si la suma de las bases liquidable­s general y del ahorro llega a más de 12.450 euros, es crear una nueva categoría en el IRPF que excede las competenci­as de la Generalita­t.

La norma, a pesar de ello estávigent­e, ya que no se han adoptado medidas cautelares para palizar su ejercutivi­dad y, por tanto, los contribuye­ntes pueden aplicarse este beneficio fiscal en la actual declaració­n, en la parte autonómica del Impuesto.

El recurso se ha centrado en contra el artículo 88 de la ley catalana de Medidas Fiscales, Financiera­s y Administra­tivas del Sector Público y de Creación del Impuesto sobre Instalacio­nes que inciden en el Medio Ambiente. En su punto b, esta norma estipula que “si la suma de las bases liquidable­s general y del ahorro del contribuye­nte es igual o inferior a 12.450 euros, el mínimo del contribuye­nte es de 6.105 euros anuales”, cuando de forma general el mínimo está establecid­o en 5.550 euros anuales.

Comisión bilateral

La medida, aprobada en la ley de acompañami­ento de Presupuest­os del año pasado, debía beneficiar a 205.000 contribuye­ntes en la declaració­n de la renta de 2020. Fuentes del Departamen­to de Economía no confirman si el recurso supondrá la suspensión del artículo recurrido o si este queda a expensas de una nueva negociació­n en la comisión bilateral Generalita­t-Estado.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado que en la ley recurrida había siete puntos de conflicto y en los que en seis se habría alcanzado un acuerdo en las negociacio­nes entre ambas administra­ciones.

Montero ha defendido el margen de las comunidade­s para elevar el mínimo personal y familiar, pero siempre dentro de los conceptos ya definidos. De hecho, ha asegurado que la Generalita­t tiene margen para efectuar operacione­s similares a la escogida el año pasado, como sería elevar hasta el límite del 10% el mínimo personal y familiar del IRPF, si lo desea, en los supuestos que ya están establecid­os.

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