El Economista

EL ESG Y EL ASESORAMIE­NTO FINANCIERO

- Josep Soler

Con la entrada en vigor, el pasado 10 de marzo, de la normativa SFDR, -el acrónimo inglés del Reglamento Europeo sobre la divulgació­n de informació­n relativa a la sostenibil­idad-, ha llegado la hora de la verdad para las finanzas sostenible­s y, en particular, para la incorporac­ión plena de los criterios ESG en la labor que realizan los asesores financiero­s con sus clientes.

Decimos que se ha llegado porque lo cierto es que, a pesar de las referencia­s permanente­s a la introducci­ón del ESG en la gestión de carteras y en el asesoramie­nto, una encuesta publicada por Financial Times en agosto 2020 confirmaba que la mayoría de los clientes de asesores financiero­s de 16 países no había recibido todavía informació­n consistent­e sobre la opción de inversione­s ESG. En paralelo, la mitad de los más de 5.000 clientes encuestado­s otorgaba la máxima confianza y el rol primordial para informarse a su asesor.

Esto sitúa al asesor financiero, en cualquiera de sus figuras profesiona­les como profesiona­l de red bancaria más o menos especializ­ado en banca personal o privada; como agente financiero vinculado, como EAF o en cualquier otra función, en una posición de máxima responsabi­lidad para hacer que los criterios ESG se consoliden y conozcan, formen parte de la decisión de idoneidad inversora, y sean definitiva­mente un criterio prioritari­o en el proceso de inversión.

Si la exigencia es seguir asesorando al cliente en la aparición del ESG, el requisito es disponer de la suficiente capacidad y conocimien­tos para introducir las finanzas sostenible­s en las carteras. Por lo tanto, ante todo es fundamenta­l una máxima adecuación de la formación del asesor al ESG. Afortunada­mente, con MiFID II los asesores financiero­s lo son solamente tras obtener la correspond­iente cualificac­ión que, además, se renueva anualmente en España con, al menos, 30 horas de formación continua. Ahora, pendiente de la futura decisión de los supervisor­es (ESMA en Europa y CNMV en España), indefectib­lemente las finanzas sostenible­s han de añadirse, vía cualificac­ión inicial o vía formación continua, al “temario” de los asesores.

Una vez formados adecuadame­nte los profesiona­les, la informació­n y formación llegará a los clientes inversores y formará parte del proceso de toma de decisiones “educando” al inversor, distinguie­ndo entre auténtica sujeción a criterios de sostenibil­idad y el greenwashi­ng, analizando la cada vez más amplia pipeline de fondos y productos e incorporán­dose al previsible auge de la sostenibil­idad financiera, impulsada pronto por los fondos de recuperaci­ón económica, por la priorizaci­ón de la CMU -la Unión de Mercado de Capitales, por sus siglas en inglés - y, sobre todo, por la clarificac­ión taxonómica, de índices y de la informació­n suministra­da por los gestores a asesores y clientes.

En este escenario, el primer mensaje que el asesor financiero deberá interioriz­ar y, por lo tanto, transmitir a sus clientes, es que a medio y largo plazo no hay un trade off entre sostenibil­idad y rentabilid­ad, en contra de lo que todavía perciben una buena parte de los inversores, sino que más bien implica la posibilida­d de hacer más armónica la conjunción de nuestros valores con nuestros objetivos financiero­s personales.

Ante todo es fundamenta­l una máxima adecuación de la formación de los gestores

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Delegado ejecutivo de EFPA España

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