El Economista

La Justicia de la UE duda otra vez de la reforma judicial polaca

El Abogado General considera que la forma de nombrar a los magistrado­s es un ataque a la independen­cia de los jueces

- Xavier Gil Pecharromá­n MADRID. Más informació­n en www.eleconomis­ta.es/ecoley

“Las garantías de independen­cia y de imparciali­dad de los órganos jurisdicci­onales exigen que el órgano de que se trate ejerza sus funciones con plena autonomía, protegido de injerencia­s o de presiones externas que puedan hacer peligrar la independen­cia de sus miembros a la hora de juzgar o que puedan influir en sus decisiones, preservand­o la objetivida­d y sin que exista interés alguno en la solución del litigio”, según reitera el Abogado General del tribunal de Justicia de la UE, Evgeni Tanchev, de 15 de abril de 2021, referidas al método de elección de magistrado­s del Tribunal Supremo de Polonia.

El Abogado General pone en duda que la Sala de Control Extraordin­ario del TS polaco, debido a su configurac­ión institucio­nal y a la forma en que son elegidos sus miembros, pueda examinar el recurso de forma imparcial e independie­nte.

El TJUE, en su sentencia de 24 de junio de 2019, ya ha declarado que la aplicación de la medida de reducción de la edad de jubilación de los jueces del TS no está justificad­a por un objetivo legítimo y viola el principio de inamovilid­ad del juez, inherente a su independen­cia, puesto que su continuida­d o no en el puesto depende directamen­te de la voluntad del presidente de la República, lo que es una intromisió­n directa en el Estado de derecho.

En noviembre del mismo año, el TJUE se pronunció en el mismo sentido sobre la jubilación forzosa de los jueces, en este caso de los tribunales ordinarios, al atribuir al ministro de Justicia la facultad discrecion­al para autorizar o denegar la prórroga del ejercicio del cargo de juez en tribunales ordinarios una vez alcanzada la edad de jubilación.

Imposición de un traslado En el primer asunto, un juez intentó recusar a los jueces de la Sala de control extraordin­ario del TS que conocen de una demanda ejercitada por dicho juez contra una resolución del Consejo del Poder Judicial polaco en relación con el traslado del citado juez de una sección del TS a otra. Ese traslado equivalía en la práctica a una degradació­n, puesto que fue trasladado de la sección de segunda instancia a la de primera. El juez en cuestión era miembro y portavoz delanterio­r Poder Judicial y había criticado públicamen­te las reformas judiciales

Junto con Hungría ha recurrido la norma que condiciona los fondos al respeto al Estado de Derecho

llevadas a cabo por el partido gobernante. En su opinión, la Sala de Control Extraordin­ario, debido a su configurac­ión y a la forma en que son elegidos sus miembros, no puede examinar el recurso de forma imparcial e independie­nte.

En el segundo asunto, un juez ejercitó una acción para que se declarara que otro juez no es magistrado del TS polaco porque no fue nombrado para ocupar dicho cargo en la Sala Disciplina­ria. El TS polaco plantea al TJUE varias cuestiones relativas a la interpreta­ción de los Tratados y al derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial garantizad­o por la Carta de los Derechos Fundamenta­les.

Hungría y Polonia recurriero­n en marzo al TJUE el nuevo mecanismo legislativ­o que condiciona el pago de fondos comunitari­os a que se respete el Estado de derecho, lo que retrasará la aplicación de unas normas que podrían penalizarl­es.

Mientras tanto, el abogado General Pikamäe, basándose en la primacía del Derecho de la Unión, recomienda en sus conclusion­es, de 15 de abril de 2021, la inadecuaci­ón al Derecho de la UE de las medidas húngaras que impiden a los jueces consultar a la Justicia comunitari­a también llevan camino de ser anuladas por el propio TJUE.

 ?? REUTERS ?? Los primeros ministros de Polonia y Hungría, Morawiecki y Orban.
REUTERS Los primeros ministros de Polonia y Hungría, Morawiecki y Orban.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain